Sede del Tribunal Supremo en Madrid

Sede del Tribunal Supremo en Madrid EFE

Business

El Supremo confirma el rechazo de la Audiencia Nacional de la denuncia contra Restalia

El Alto Tribunal decreta el retorno de la causa al juzgado de instrucción de Madrid, que ya la archivó en su día, al entender que tiene plenas competencias sobre el caso

10 octubre, 2024 17:51

Noticias relacionadas

El Tribunal Supremo ha confirmado el rechazo de la Audiencia Nacional a asumir la demanda contra Restalia cursada en su día por un grupo de antiguos franquiciados, al entender que el juzgado de instrucción número 52 de Madrid, que se hizo cargo del caso, tiene plenas competencias para hacerlo.

Este último ya decidió archivar la denuncia en enero de 2023, dado que no encontró indicios de delito alguno. Los demandantes elevaron sucesivos recursos ante instancias superiores para tratar de revertir la decisión. La actividad procesal ha concluido en el Supremo, que ha dictaminado el retorno de la causa al juzgado de instrucción, en una decisión contra la que ya no cabe recurso.

Sin especial complejidad

En su auto, el Alto Tribunal aprecia la inconsistencia de los argumentos defendidos por los denunciantes y señala que los hechos denunciados "no tienen especial complejidad" y "carecen de la gravedad y transcendencia económica social, capaz de crear serios peligros o causar graves daños". 

Además, el Supremo señala, respecto a los presuntos delitos reflejados en la denuncia, que "su única base son las propias afirmaciones de los denunciantes. Incluso los hechos que relatan no contienen base fáctica acreedora de tales calificaciones".

Un "totum revolutum"

De esta forma, la instancia se pronuncia en la misma línea que el juzgado de instrucción que llegó a calificar la denuncia como "un totum revolutum de imputaciones sin ninguna clase de fundamento" y en el que se afirmaba también "que no son sino valoraciones interesadas y muy subjetivas de los denunciantes que no permiten un riguroso análisis".

El auto del Supremo cuestiona además la cuantía económica reclamada por exfranquiciados de Restalia, ya que afirma que "para su concreción no se ha tenido en cuenta la incidencia de la epidemia Covid-19" y sentencia que "no puede confundirse un entramado societario, único dato que se describe hasta el momento, con una organización criminal".

El asunto vuelve por tanto al juzgado de instrucción que ya lo archivó en primera instancia y que ahora deberá decir si da carpetazo definitivo a este asunto.