Las consecuencias del nuevo tope al alquiler, que entra en vigor con prisas electorales este sábado en Cataluña, se determinarán en los tribunales, que serán responsables de decidir el futuro de la normativa de dos formas distintas. En primer lugar, el Tribunal Constitucional, que tumbó el anterior límite de la ley catalana que contenía las rentas, tendrá la última palabra sobre la medida; y, por otro lado, los juzgados esperan un repunte de litigios tras los cambios legales.
Para que el Constitucional analice la legalidad del índice de precios catalán en el marco de la ley de vivienda española, uno de los principales grupos parlamentarios en las Cortes debería presentar un recurso. El PP todavía no ha anunciado formalmente su intención de elevar el asunto a este tribunal, pero es previsible que lo haga -a petición del sector inmobiliario-, teniendo en cuenta que ha recurrido tanto la ley catalana de alquiler, que terminó tumbada, como la de los pisos turísticos, todavía en análisis.
La sombra del Constitucional
En el primer caso, el del anterior tope de la Generalitat a las rentas, además de los populares también el Gobierno de España recurrió la regulación, un paso que permite aplicar una suspensión cautelar mientras los magistrados analizan su constitucionalidad. En este caso, hay muy pocos números de que este escenario se repita, atendiendo a la sintonía que han mostrado el Ejecutivo central, impulsor de la ley de vivienda, y la Generalitat, única Administración autonómica que ha apostado por aplicar ya la polémica norma.
El principal desacuerdo que han tenido Generalitat y Gobierno ha sido el de los plazos: desde Sant Jaume se quería aplicar cuanto antes el límite a los alquileres, mientras que Madrid reclamaba que se anulase la declaración de las zonas tensionadas para el mercado de la vivienda, donde se aplicará la regulación. El Govern ha dado su brazo a torcer y ha enmendado el texto, mientras que el Ministerio de Vivienda ha permitido que la comunidad autónoma vaya a elecciones con la medida ya en vigor, aunque ello ha exigido precipitar los pasos necesarios generando dudas jurídicas.
Cesiones en el puente aéreo
El Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC) publicó este jueves la citada enmienda y el Boletín Oficial del Estado publicó este viernes el índice de precios, en vigor desde este sábado. Carles Sala, director del Área Jurídica y portavoz de los agentes de la propiedad inmobiliaria (API) de Cataluña, se muestra sorprendido por la "rapidez entre la firma del cargo ministerial o del departamento correspondiente y la publicación" de los decretos.
Considera que "la Generalitat ha anulado" su resolución de agosto tal y como pedía el Gobierno, ya que "hablan de modificación pero en realidad es una derogación". También alerta de que la aplicación de la ley se ha demorado meses, por lo que "ha habido barra libre y todo el mundo ha puesto los precios máximos". Sala matiza que "el pequeño propietario no se debería preocupar" y que la actual regulación es "más suave" que la tumbada por el Constitucional, que ya tiene en sus manos varias cuestiones relativas al marco competencial de la ley de vivienda.
Beneficiará a los 'expats'
El jurista valora que "la concepción de gran tenedor es inaudita en el entorno europeo", ya que reducirla a "sólo cinco viviendas es más bien una definición ideológica". Quedarán limitados los alquileres de propietarios que tengan cinco inmuebles en prácticamente toda Cataluña: 140 municipios que abarcan más del 80% de la población.
Asimismo, el abogado indica que el límite reducirá las rentas un 20% de media, pero beneficiará más a los expats que se instalan en España que a las familias vulnerables que seguirán excluidas del mercado al no pasar el análisis de solvencia, de modo que pide a las Administraciones que legislen con los tiempos necesarios y escuchando a todos los sectores implicados y no a corto plazo con fines electoralistas.
Habrá más pleitos
A estas críticas se suma otra jurista especialista en la materia, Arantxa Goenaga, que cree que a partir de ahora "habrá menos pisos en alquiler". La socia del despacho Círculo Legal Barcelona asegura que "va a haber mucha litigiosidad" en torno a las "triquiñuelas" de la ley.
La abogada da por hecho que el texto terminará en el Constitucional y cree que por ello Generalitat y Gobierno "han tirado para adelante" antes de las elecciones catalanas de mayo. Y es que la última resolución de la Generalitat "es firme", pero todavía "se pueden presentar recursos de alzada", ya que hay un plazo de un mes para recurrir la regulación ante la propia Administración antes de emprender la vía judicial.
Prisas y dudas
En otras palabras, la normativa "entra en vigor, pero puede modificarse". Una circunstancia que se suma a la inseguridad jurídica que denuncia el sector inmobiliario y que reduce aún más la menguante oferta de pisos. Pero si se hubiese seguido el procedimiento ordinario, respetando los plazos antes de la entrada en vigor, "nos vamos al 14 de abril: hasta que resuelven... las elecciones son en mayo, ya no les da tiempo", explica Goenaga.
Sala coincide en que "hay pie a recurso". Es más, añade que "no sólo cambiaron la resolución, sino que también en la memoria hay aspectos que podrían ser sustanciales, así que deberían estar sometidos al proceso de información pública". Las prisas preelectorales a menudo llevan a tirar por la calle de en medio.