La Audiencia Nacional ha absuelto a Iberdrola Generación España y cuatro de sus directivos por manipular presuntamente el precio de la energía en el invierno de 2013. En concreto, por limitar la capacidad hidroeléctrica de las centrales de los ríos Duero, Sil y Tajo y provocar una subida del 11% de la tarifa de último recurso (TUR).
El ministerio público pedía penas de dos años de prisión y una multa de 5,4 millones de euros por un delito contra el mercado y los consumidores consistente en sustraer materias primas o productos de primera necesidad para generar una situación de desabastecimiento y forzar una alteración de precios.
La dirección, absuelta
La fiscalía sostenía que los directivos relacionados con la gestión de la energía habían ideado un mecanismo para aplicar un tarifazo a los consumidores. Por su parte, las defensas de los encausados siempre mantuvieron que dicha alteración se produjo en el marco del sistema libre de oferta de energía.
En la sentencia, el magistrado del Juzgado Central de lo Penal, José Manuel Fernández-Prieto, explica que los gestores gozaban de "autonomía en la toma de las decisiones que afectaban a su competencia". Por tanto, no estaban sujetos "al control del consejero delegado, del jefe del Departamento de Negociado Liberalizado del que orgánicamente dependía, o del Consejo de Administración, a los que no daba cuenta de su actuar".
Defensa de Iberdrola
Añade que ese departamento aprobó los estudios y las propuestas de los diferentes traders --técnicos que fijaban las ofertas que sacaba al mercado Iberdrola-- que se hicieron con las centrales hidroeléctricas de los ríos Duero, Sil y Tajo.
Y señala que, tal y como han corroborado testigos en el plenario, Iberdrola Generación entre el 30 de noviembre y el 23 de diciembre de 2013 "puso en el mercado (...) toda la energía hidroeléctrica de que disponía".
Rapapolvo para la CNMC
Asimismo, la sentencia establece que la Comisión Nacional de los Mercados y de la Competencia (CNMC) se basó en simples estimaciones, "meros estudios de probabilidad futurista en la que nunca se explican los criterios de razonabilidad".
De hecho, valora que el juicio de la CNMC se basa en un "procedimiento poco claro, que expresamente manifiestan no haberse utilizado antes de estos hechos, ni posteriormente a los mismos (…) revelándose en consecuencia como un sistema ad hoc creado exclusivamente para este caso en concreto".
Tetimonios de Soria y Nadal
Pone de manifiesto también la "peculiaridad" del sistema empleado por las peritos de la CNMC, que no varían sus conclusiones a pesar de cambiar las variables del estudio, lo cual "no se llega a comprender".
El juez, finalmente, da plena credibilidad a los testimonios del exministro de Industria José Manuel Soria y el exsecretario de Estado Alberto Nadal, así como de los de los empleados de la eléctrica, que confirmaron la legalidad de la conducta.
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