Varios edificios de viviendas vistos desde el mirador del Poble Sec, en Barcelona

Varios edificios de viviendas vistos desde el mirador del Poble Sec, en Barcelona David Zorrakino - Europa Press

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El sector inmobiliario catalán impugna la lista de zonas tensionadas del Govern

Los operadores presentan un recurso contra la interpretación "sesgada" de la Consejería de Territorio para limitar el alquiler en 140 municipios 

12 septiembre, 2023 17:56

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El sector inmobiliario catalán ha presentado un recurso de alzada ante la Consejería de Territorio contra la declaración de 140 municipios como zona de mercado tensa, una catalogación que abre la puerta a limitar el precio de los alquileres.

Los firmantes del recurso son el Consejo de Colegios de Administradores de Fincas, el Consejo de Colegios Oficiales de Agentes de la Propiedad, la Asociación de Agentes Inmobiliarios, el Consejo General de Cámaras de la Propiedad Urbana de Cataluña y la Asociación de Promotores y Constructores de Edificios de Cataluña. El uso de este instrumento jurídico precede a la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante los tribunales.

Aplicación "contraria" a la ley

Los recurrentes aseguran que la resolución de la secretaría de vivienda de la Generalitat es "contraria" a lo que establece la nueva ley de vivienda.

En concreto, alegan que el Govern no ha presentado una memoria justificativa para cada uno de los municipios, ni tampoco un plan específico "con las medidas necesarias para corregir el desequilibrio entre la oferta y la demanda".

Control de alquileres

Además, consideran "sesgada" la sección en la que se describen los requisitos para declarar la zona de mercado tenso. Afirman que "no corresponde a la definición que hace la ley de la vivienda" en asuntos como el cálculo del gasto que deben soportar las familias.

El Departamento de Territorio envió el pasado agosto al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana una lista de 140 poblaciones catalanes en las cuales pretendía aplicar un tope a las rentas. Se trata de una medida que ya estaba prevista en la ley de vivienda autonómica que tumbó parcialmente el Tribunal Constitucional.