La ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, artífice del decreto de ahorro energético / LUIS MIGUEL AÑÓN - CRÓNICA GLOBAL

La ministra de Transición Ecológica, Teresa Ribera, artífice del decreto de ahorro energético / LUIS MIGUEL AÑÓN - CRÓNICA GLOBAL

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La urgencia y la sobrerregulación convierten en un caos el decreto de ahorro energético

Los grados a los que alude el plan no hacen referencia a la calefacción y la refrigeración, sino a la temperatura ambiente, lo que no todo el mundo ha entendido

4 septiembre, 2022 00:00

Célebre por detalles como el apagado de los escaparates y los monumentos y la temperatura en los centros públicos y lugares de trabajo, el real decreto sobre el ahorro energético aprobado por el Consejo de Ministros a comienzos de agosto ha generado multitud de dudas y problemas de interpretación. Entre conclusiones aceleradas y ciertos contrastes con normativas ya existentes al respecto, el texto legal promete un sinfín de situaciones controvertidas con vistas al próximo invierno, cuando los sistemas de refrigeración dejen paso a los de calefacción.

Uno de los aspectos que más controversia han suscitado ha sido el de la temperatura en locales públicos y centros de trabajo. La limitación a un mínimo de 27 grados en verano y un máximo de 19 grados en invierno ha ocasionado no pocas polémicas debido, especialmente, al aparente difícil encaje o contradicción con otros textos normativos, actualmente en vigor y que ya se ocupaban de estas cuestiones. 

Convivencia normativa

Sin ir más lejos, un decreto que data de los años 90 sobre salud y seguridad en los puestos de trabajo marca unos límites de entre 21 y 27 grados que deja, aparentemente, sin margen de maniobra la situación en lo tocante a la temperatura mínima en el caso de la época veraniega. 

No es tanto así dado que el propio Real Decreto de reciente aprobación contempla la posibilidad de establecer excepciones en función de las características y condiciones de los puestos de trabajo. 

Flexibilidad

“No es lo mismo trabajar en un horno o en un gimnasio que en una biblioteca”, señaló gráficamente la vicepresidenta tercera y ministra de Transicion Ecológica, Teresa Ribera, horas después de la aprobación del decreto, ante las numerosas reacciones que provocó la adopción de tales medidas.

De hecho, la normativa anteriormente mencionada también establece estas excepciones, aunque matiza que debe siempre establecerse un espacio diferencial en aquellos lugares en los que convivan empleos de diversa índole y condición. 

Los expertos apuntan en general dos aspectos que han podido llevar a la confusión y que han llevado a avivar la polémica sobre el decreto de ahorro energético. El primero de ellos tiene que ver con el carácter urgente de la medida, ante la situación especialmente delicada que atraviesa Europa por la invasión rusa de Ucrania y los temores a restricciones en el suministro de energía con vistas al próximo invierno. 

“Se aprecia una cierta precipitación en la redacción del texto, que quizá deja abiertas demasiadas posibilidades, cuando cualquier normativa debe ser clara y firme”, apuntan desde un despacho de abogados. 

A vueltas con el aire

En este plano, también se incide por parte de los expertos en el hecho de que, contrariamente a lo que se ha interpretado, el decreto no hace referencia a la temperatura que marquen los diferentes sistemas de refrigeración y calefacción de los recintos sino a la temperatura ambien del aire tanto en los centros de trabajo como en locales públicos. 

Así, en el texto se habla de “temperatura del aire en los recintos calefactados” (que no deberá superar los 19 grados y de “temperatura del aire en los recintos refrigerados” (no inferior a 27 grados)". “Se trata de una forma de redacción que puede dar lugar a diferentes interpretaciones, algo que se debería evitar”, señala la fuente. 

El Reglamento de Instalaciones Técnicas

Pero además, esta medida de carácter urgente también presenta una segunda característica que ahonda en la confusión y es su convivencia con otros textos legales que ya regulaban con anterioridad las condiciones medioambientales tanto de los lugares de trabajo como de centros públicos como bares, cafeterías, hoteles, centros comerciales, estaciones y aeropuertos, entre otros. 

Cabe destacar en este punto el Reglamento de Instalaciones Técnicas en Edificios, que ya establecía una temperatura mínima de 26 grados para recintos refrigerados y máxima de 21 grados en los calefactados (prácticamente idénticas a las recogidas en las normativas sobre los lugares de trabajo).

Inseguridad jurídica

“Para estos casos y dado que, además, las medidas de ahorro energético son de carácter temporal, lo ideal hubiera sido una simple modificación o actualización de las normas ya vigentes en lugar de un nuevo texto legal”, apuntan desde una consultora medioambiental.

“Uno de los escenarios que más confusión puede crear es el de la sobre regulación; por desgracia, tenemos muchos ámbitos en España que padecen de este mal y la consecuencia inmediata es la inseguridad jurídica dado que cuantas más normas existan respecto a un ámbito en concreto, más posibilidades caben de que entren en contradicción”. 

La esperada bajada de las temperaturas durante los próximos meses volverá a aflorar las dudas en torno al Real Decreto, que fue recientemente convalidado en el Congreso de los Diputados y cuya vigencia se extiende, en principio, hasta noviembre de 2023.