El Supremo tumba el pucherazo de los comicios camerales catalanes y aboca a la repetición electoral
Inadmite el recurso de la Generalitat y da la razón al TSJC, por lo que la sentencia contra el proceso es firme y se debe ejecutar de inmediato
29 julio, 2021 00:00El Tribunal Supremo (TS) da la puntilla a las elecciones a las cámaras de comercio catalanas del 2019. Inadmite el recurso de la Generalitat a la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) y lo deja todo a punto para la repetición electoral.
El caso se remonta a la aprobación del decreto 175/2018, de 31 de julio, bajo el mando de la entonces consellera Àngels Chacón y que, entre otros puntos, omite el trámite de la participación ciudadana en tanto que solo permite la votación electrónica, ya sea en remoto o presencial. No así la emisión de papeletas ni en persona ni por correo, algo ajeno a la ley vigente. Staff Pavillion SL lo impugnó, y el TSJC lo tumbó, porque ni la "urgencia" esgrimida por la Generalitat para sacarlo adelante sirve para limitar los derechos de los ciudadanos.
Sentencia firme
Aun así, la Generalitat recurrió el fallo y elevó el caso al Supremo, que por razones de la pandemia ha retrasado su respuesta un año. La decisión, sin embargo, ha llegado y es clara: inadmite la solicitud del Govern contra la anulación del decreto porque es una cuestión que atañe "exclusivamente a la interpretación del derecho autonómico". Una interpretación que argumenta que el proceso electoral, desde el decreto hasta los comicios, está repleto de irregularidades.
Por si fuera poco, el TS considera que las otras razones utilizadas por los recurrentes no son ni relevantes ni determinantes en la resolución del TSJC. Es decir, da la razón al tribunal catalán y la sentencia, ahora, es firme; no se puede recurrir. Además, la Generalitat y el Consejo General de Cámaras de Cataluña han de pagar las costas procesales.
Nuevo decreto... y a votar
Tras la inadmisión del Supremo, ya notificada al TSJC, el tribunal catalán tiene 10 días para comunicarla al Govern y, este, publicar la anulación del decreto en el Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña (DOGC). A continuación, la Administración autonómica deberá aprobar un nuevo decreto y, en última instancia, repetir las elecciones. El proceso se puede alargar en función de las estratagemas jurídicas que se empleen para dilatarlo. En la Cámara de Barcelona, por ahora, el independentismo se aferra al sillón, ya que sus dirigentes dicen que el caso no les afecta.
La ejecución de la sentencia, por otra parte, alcanza a los 18 procedimientos en curso tramitados por la vía especial de protección de derechos fundamentales que se dirimen en los juzgados catalanes. Es decir, ampara a los 18 recurrentes que denunciaron el pucherazo en las elecciones --que auparon a la candidatura independentista de Joan Canadell, Eines de País (impulsada por la ANC), en la Cámara de Barcelona--, dado que defienden que se manipularon los votos (se anularon algunos con criterios subjetivos, afirman) y el sistema de Scytl era vulnerable, pues carecía de doble identificación. Así, por ejemplo, se perdió el anonimato, ya que se podían relacionar elector y voto emitido, y esta información acabó en manos del auditor, Agtic Consulting.
Canadell, catapultado
De las dudas que genera la votación electrónica da cuenta la postura de Pimec, uno de los principales defensores de la tecnología para los comicios camerales. En cambio, el pasado febrero, cuando la patronal puso las urnas, optó por el sistema tradicional y omitió la opción digital. Lo mismo ocurrió en el Icab el pasado junio.
Asimismo, el independentismo, dirigido por la ANC --entidad clave en el procés--, ha empleado la Cámara de Comercio de Barcelona para hacer política, como muestra el ascenso de Canadell a diputado del Parlament apenas dos años después de erigirse en presidente de la entidad empresarial. Desde ella, precisamente, trató de impulsar la ley de cámaras, que dotaría a estas entidades de una representatividad del mundo empresarial y económico para la cual no están legitimadas.