Un repartidor de Glovo / EFE

Un repartidor de Glovo / EFE

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El repartidor que ha ganado a Glovo: "Somos asalariados sin libertad de acción"

El TSJC falla a favor de Juanjo Lavergne y obliga a la compañía a readmitir o indemnizar al 'rider'

11 marzo, 2020 00:00

El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha reconocido por primera vez que la relación contractual entre Glovo y sus repartidores es un "verdadero contrato de trabajo" y ha estimado la demanda de uno de ellos por despido improcedente. Se trata de Juanjo Lavergne, quien señala: "Somos asalariados sin libertad de acción".

“Pese a que la compañía va mutando su operativa para mantenerse en aguas legales, sus repartidores son falsos autónomos, como reconoce claramente esta sentencia”, señala Lavergne, quien trabajó durante dos años y medio para la empresa que fundó y dirige Oscar Pierre.

Falsos autónomos

Tras la victoria judicial --aunque el fallo es recurrible-- el exrepartidor recuerda que puede sentar un precedente de cara a que un juzgado de lo social de la capital catalana determine si Glovo debe pagar 3,8 millones de euros en concepto de cuotas atrasadas --tal y como reclama la Inspección de Trabajo-- a la Seguridad Social por emplear durante tres años a más de 3.500 repartidores como falsos autónomos.

Este miembro de Riders x Derechos, la plataforma que lucha por el reconocimiento de los repartidores como asalariados, detalla que decidió denunciar a la compañía cuando se cansó de su situación administrativa. "Su manera de actuar es un fraude para ahorrarse el pago a la Seguridad Social", apunta. La clave, según Lavergne, radica en la aplicación que utiliza la empresa como herramienta laboral

Control de los repartidores

Durante los meses que ejerció como repartidor, Glovo implementó "una serie de logaritmos" para puntuar su labor, y cada vez iban "controlando" más lo que hacía. "Fue en 2017 cuando decidí poner la denuncia. No llegué a juicio hasta 2019, y perdí en primera instancia. Decidí recurrir y ahora lo hemos ganado”, detalla.

A pesar de que ya no trabaja como rider critica que sus excompañeros carezcan de la seguridad de los trabajadores por cuenta ajena y de la ausencia de remuneración de las horas extras. “Todas las funciones que realizan, desde el principio hasta el final, son las de un asalariado, porque no tienen libertad de acción, como defiende la empresa”, denuncia, mientras pagan la cuota de autónomos. 

Condiciones laborales

Lavergne detalla que la empresa de Pierre impone, entre otras condiciones, un horario de trabajo. "Los repartidores tienen que apuntarse cada lunes y jueves a través de la aplicación. Cuando tú tienes que organizarte con la compañía, dejas de ser un empresario y pasas a ser un trabajador. Te dicen a dónde vas, cómo tienes que ir, qué debes entregar, y en cuánto tiempo lo tienes que hacer”.

Si se incumple alguna de estas condiciones, Glovo toma medidas. “El logaritmo de puntación te penaliza”, señala Lavergne. Ahora, pese a que el TSJC le ha dado la razón, espera que la compañía recurra el fallo ante el Supremo. Un recorrido que se puede alargar el final del litigio unos dos años. Aún así, este exrepartidor confía en que el resto de causas abiertas contra la compañía se resuelvan a favor de los empleados: "Deberían estar contratados en el régimen general, porque la aplicación que usamos demuestra una relación laboral entre empresa y repartidor”, concluye.