El Tribunal Supremo ha comunicado que su sala de lo Contencioso-Administrativo revisará en pleno el criterio del alto tribunal sobre el impuesto de las hipotecas. La sección 2ª de esta sala (que se dedica a revisar los casos relacionados con tributos) dictó ayer que este gravamen, hasta ahora liquidado por el cliente que firma la hipoteca, debe ser pagado por la entidad bancaria que ofrece el préstamo.
El presidente de la sala del alto tribunal, Luis María Díez-Picazo, ha informado en una nota que la institución ha paralizado "con carácter urgente" todos los recursos planteados respecto del impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. La misiva explicaba que la decisión sobre el impuesto de hipotecas dada a conocer ayer "supone un giro radical en el criterio jurisprudencial" y por ello ha convocado al pleno de la sala --es decir, a los 31 magistrados que la componen-- para decidir "si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado".
Giro radical en la sentencia sobre las hipotecas
El impuesto de actos jurídicos documentados es el que más costes supone de los que se afrontan durante la tramitación de una hipoteca. Esta es una de las razones que ha motivado que muchos clientes iniciaran vías legales para reclamar la devolución de los importes en los tribunales, una actuación que también animaron desde las asociaciones de consumidores como Facua y Asufin. Desde esta institución se han mostrado "perplejos" ante este nuevo viraje de los tribunales y han rechazado que el Supremo "haga política económica".
La decisión del Supremo impactó de forma contundente sobre la cotización bursátil banca española, que acusó descensos de hasta el 10% en las compañías financieras cotizadas en el Ibex 35. La "enorme repercusión económica y social" de la decisión sobre quién paga el impuesto ha motivado la revisión del texto, con carácter de urgencia. Esta paralización de la sentencia ha sido recogida también en el parqué, pero en esta ocasión de manera positiva.
Tercer cambio
Es la tercera vez que el caso se mueve entre las diferentes salas del Tribunal Supremo. En junio de 2017 el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad de Madrid dictó sentencia sobre un caso de pagos de impuestos derivados de la concesión de hipotecas que la Empresa Municipal de la Vivienda de Rivas Vaciamadrid recurrió. Este recurso fue estudiado por la sala de lo Civil del Supremo, que en febrero falló --por unanimidad-- a favor de los bancos.
La queja volvió al alto tribunal y fue estudiada por la sala de lo Contencioso-Administrativo, que hizo ayer pública su decisión sobre el impuesto de las hipotecas (lea aquí la sentencia). El tribunal cuyo ponente fue el magistrado Jesus Cudero dictó que era el banco quien debiera abonar esta cantidad tributaria y no la persona que recibe el préstamo.