La nueva ‘guerra del agua’: batalla en el río Noguera
La Agencia Catalana del Agua debe modificar un contrato de casi seis millones por los errores de la mesa de adjudicación
6 febrero, 2017 00:00La Agencia Catalana del Agua (ACA) se ha visto obligada a modificar la adjudicación de uno de los contratos más cuantiosos de los últimos meses, los 7,8 millones que ofrecía por gestionar el servicio de explotación, conservación y mantenimiento de los sistemas de saneamiento del grupo Noguera hasta 2020. Los problemas de valoración de la mesa de adjudicación y las discrepancias con el pliego de condiciones del contrato han derivado en una pugna empresarial que ha abierto una nueva guerra del agua en Cataluña. Igual que la pugna por el control de Aigües Ter Llobregat (ATLL), que aún no ha concluido.
La licitación se abrió el pasado 22 de abril y la primera adjudicación se hizo el 9 de septiembre. El principal criterio del concurso era la oferta más baja y consiguió el contrato la unión temporal de empresas (UTE) de Serveis Integrals de Manteniment Rubatec y M y J Gruas. La primera es una de las filiales de Civis Corporación, del empresario Carlos Vázquez Ruiz del Valle. Se unió para pujar con la empresa familiar de José Gruas Estadella con una oferta de 5,7 millones por el servicio.
Cambio de sentido de la licitación
Sus rivales en el concurso le llevaron ante el Tribunal Catalán de Contratos del Sector Público (TCCSP), encabezado por Juan Antonio Gallo. Presentaron una lista de supuestos motivos de exclusión por las incoherencias de las plicas que fueron apreciadas de forma parcial. El ACA tuvo que cambiar el sentido de la adjudicación el 23 de diciembre.
Impulsó la iniciativa Companyia General d’Aigües de Catalunya, participada al 50% por Comsa Medio Ambiente (de las familias Miarnau y Sumarroca) y Aguas de Valencia. También han enmendado la licitación las otras dos compañías que pujaron por el servicio: Acciona Agua y FCC Aqualia.
Incoherencias de la mesa de licitación
La principal denuncia fue que la oferta ganadora, así como la del resto de licitantes, incluía una desviación en los precios unitarios del servicio. No coincidían con los de la oferta económica. Los impulsores del concurso argumentaron que se trataba de importes pequeños que obedecían a “redondeos matemáticos del cálculo” con un “valor insignificante respecto al precio total del contrato” que “en ningún caso alteraba la puntuación final de los licitadores”.
Con todo, el propio órgano de contratación había incluido en el pliego de condiciones del contrato una salvaguarda para evitar este tipo de situaciones. Alegó que en concursos anteriores se detectaron ofertas que no contabilizaban la totalidad de las partidas en la parte económica. Eso permitía rebajar el coste del servicio y les facilitaba el contrato, aunque el presupuesto al final del contrato no era tan ventajoso como se creía por los sobrecostes de explotación aplicados.
Pliegos claros y precisos
El TCCSP señaló en su resolución, a la que ha tenido acceso Crónica Global, que el licitador que presentara “una propuesta que no se ajuste a lo previsto” en las condiciones del “pliego de cláusulas administrativas, debe ser excluido del procedimiento licitatorio”.
Su conclusión: el órgano de contratación podría haber previsto los redondeos matemáticos de cálculo en las condiciones del contrato, pero no lo hizo.
“En el caso analizado, todos los importes y la suma resultante de los precios unitarios deberían haber coincidido con la oferta económica”, señaló. “Era absolutamente claro, preciso y concreto en su literalidad y no preveía ninguna salvedad o excepción como la que posteriormente ha aplicado el órgano de contratación en el proceso de valoración de las ofertas”.
Argumentos del recurso rechazados
Aceptó esta parte del recurso de la Companyia General d’Aigües de Catalunya. No les dio la razón en su acusación de que incumple la obligación de subrogar a todo el personal por la modificación de algunos salarios, que “escapan del ámbito de competencia” del TCCSP, y consideró que no se podría apreciar que se modificaron las valoraciones del apartado técnico tras abrir los sobres de la oferta económica, según “criterios técnicos dependientes de un juicio de valor”.
El organismo presidido por Gallo mantuvo tras analizar el proceso que nadie había modificado “propiamente la valoración técnica en el sentido de los juicios de valor emitidos, sino que en puridad se rectificó la puntuación resultante de esa valoración como consecuencia de un error material de tipo aritmético que se desprendía del propio pliego que rige el procedimiento”.
Amenaza de recurso ante el TSJC
Tampoco aceptó la petición de la UTE Rubatec-MJ Gruas de “declarar la temeridad y mala fe de la recurrente en la interposición del recurso” para que se le aplicara una multa al denunciante. Obligó a tener en cuenta la literalidad del pliego de condiciones y, por ello, el ACA decidió el 23 de diciembre adjudicar el contrato a la sociedad que comparten Comsa Medio Ambiente y Aguas de Valencia. Su oferta económica era de 5,39 millones.
Con todo, la nueva decisión no se ha librado de la polémica. El resto de gestoras de agua que se quedaron fuera de la licitación amenazan con recurrir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Por el momento, no han formalizado el recurso.