Sede de la Audiencia de Barcelona y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

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Vida

Un fugado de la prisión de Quatre Camins acepta 25 años por asesinar a una anciana durante un robo en Calella

Durante su fuga, J.A.E.M. irrumpió en casa de la mujer y la asestó hasta 13 navajazos por la espalda. La mujer falleció desangrada por un 'shock' hipovolémico

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Tres puñaladas mortales a cambio de un móvil y algunas joyas. Esa fue la brutalidad que cometió J.A.E.M., un preso fugado de la cárcel de Quatre Camins que, durante su fuga, en febrero de 2021, irrumpió en la casa de una anciana de 96 años en Calella (Barcelona) y la asesinó para llevarse un botín miserable: un teléfono Xiaomi, un reloj, 90 euros y algunas joyas. 

Cuatro años después del crimen, J.A.E.M. ha aceptado 25 años de prisión en una sentencia de conformidad, pactada por todas las partes --Fiscalía, acusación particular y defensa-- y que evita el juicio con jurado popular. 

Un ataque salvaje

El acusado, con un extenso historial de robos, vio la puerta entreabierta y decidió entrar. La víctima estaba sola. Primero la intimidó con un arma blanca. Cuando la mujer trató de alejarse, él le asestó la primera cuchillada.

Después, mientras registraba la vivienda, la obligó a permanecer sentada. Cuando la anciana trató de dirigirse a la cocina, la empujó al suelo y la apuñaló hasta en trece ocasiones por la espalda, con clara intención de matarla. Murió desangrada por un shock hipovolémico.

El tribunal destaca la alevosía: un ataque sorpresivo, despiadado y ejecutado contra una persona de avanzada edad que no podía defenderse.

Fachada de la Audiencia de Barcelona y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)

Fachada de la Audiencia de Barcelona y el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) EUROPA PRESS

Una conformidad excepcional 

Pese a la extrema gravedad del crimen, el caso se ha resuelto mediante sentencia de conformidad.

La Ley del Tribunal del Jurado solo permite pactos, es decir, evitar el juicio, cuando la pena no supera los seis años de prisión. Sin embargo, la Audiencia de Barcelona ha aplicado jurisprudencia reciente —especialmente consolidada tras la pandemia— para ampliar esta posibilidad en supuestos donde el acusado confiesa libremente y el juicio resultaría meramente un trámite formal.

Los magistrados subrayan que obligar a un jurado ciudadano a juzgar unos hechos plenamente reconocidos por el autor supondría un desgaste innecesario y vaciaría de contenido su función.

25 años de prisión 

El acuerdo es firme y no puede recurrirse. La condena impuesta a J.A.E.M. contempla, además de los 25 años de prisión: cinco años de libertad vigilada tras cumplir la pena, una orden de alejamiento de 35 años respecto a los hijos y nietos de la víctima y una indemnización millonaria. 

Para los dos hijos de la anciana, el tribunal le impone una indemnización de 200.000 euros a cada uno; 100.000 euros para cada uno de los cuatro nietos; además de devolver los 90 euros robados. 

La sentencia cierra un caso estremecedor: un asesinato brutal perpetrado contra una mujer de 96 años a cambio de un botín irrisorio, cometido por un fugado reincidente.