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Amnistían a los 45 guardias civiles por las cargas del 1-O en Dosrius

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El Juzgado de Instrucción número 4 de Mataró (Barcelona) ha amnistiado a 45 guardias civiles investigados por las cargas del 1-O en dos centros escolares de Dosrius (Barcelona), así como al exalcalde Marc Bosch y el exconcejal Eduard García, encausados por facilitar el referéndum.

En concreto, la magistrada investigaba 27 denuncias presentadas por votantes del 1-O contra 45 guardias civiles por las lesiones causadas en las cargas para impedir el referéndum ilegal, así como otra denuncia del instituto armado contra los dos cargos del consistorio de Dosrius por desobediencia y atentado a la autoridad.

Lesiones leves

En el auto, avanzado por El Món, la magistrada aduce que todos los hechos investigados, tanto las lesiones como la desobediencia y atentado a la autoridad, están incluidos en la ley del olvido penal.



En concreto, en el caso de los 45 agentes de la Guardia Civil, la titular del juzgado de Instrucción número 4 de Mataró esgrime que, de acuerdo con los partes médicos presentados por los ciudadanos denunciantes, todas las lesiones fueron leves, excepto tres de ellas, consideradas menos graves, y que la actuación policial se hizo en el marco de dificultar o impedir la celebración del 1-O, por lo que estos supuestos delitos investigados tienen encaje en el artículo 1 de la ley de amnistía.

Aunque estos 27 ciudadanos denunciaron, además de lesiones, delitos contra la integridad moral y torturas, que podrían quedar fuera de la amnistía, el auto considera que los hechos investigados "no tienen encaje" en estos delitos, de acuerdo con las grabaciones aportadas por los denunciantes como las de la Guardia Civil.

Incluidos en los supuestos amnistiables

Respecto al delito de desobediencia por el cual estaban siendo investigados el alcalde y el regidor de Dosrius por la apertura de centros públicos dependientes del ayuntamiento para facilitar las votaciones pese a que el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña lo prohibía, el auto recuerda que este delito de desobediencia "cualquiera que sea su naturaleza" tendente a permitir la celebración del 1-O está recogido en los supuestos amnistiables de la ley.



En cuanto al supuesto delito de atentado a agente de la autoridad atribuido a estos dos cargos públicos, la magistrada argumenta que tiene cabida en la ley del olvido penal, que recoge actos de desobediencia o resistencia para "mostrar apoyo a los objetivos" de facilitar el 1-O.

Además de dictar el sobreseimiento libre del caso, la jueza señala que los agentes de la guardia civil deben percibir las prestaciones dejadas de cobrar en el supuesto de que hubieran sido separados del servicio durante esta investigación e insta a que se elimine las "notas desfavorables en las hojas de servicio" de los policías durante su actuación en el 1-O.