El retorcimiento del marco legal para beneficio propio de la clase dirigente lleva a plantear situaciones tan extrañas como que haya buena y mala malversación (apropiarse o destinar los caudales públicos a un uso ajeno a su función). Y de este galimatías se han beneficiado el exconseller de Presidencia de la Generalitat Francesc Quico Homs y el exsecretario de Exteriores Senén Fonseca, ambos investigados por si cometieron este delito entre 2011 y 2012.

Este viernes, se ha conocido que la titular del Juzgado de Instrucción 18 de Barcelona, Carmen García, ha aplicado la ley de amnistía y ha borrado de un plumazo la causa al considerar que los gastos objetos del procedimiento "no motivaron enriquecimiento o beneficio personal, sino que se destinaron a sufragar viajes y actividades de terceros, vinculadas a la promoción de la independencia de Cataluña". Por lo tanto, considera que entran dentro de la reciente ley de amnistía.

Tres gastos

El primero de estos gastos se corresponde a la contratación por parte de Homs de servicios de desplazamiento y alojamiento en Barcelona para los asistentes al encuentro mundial de comunidades catalanas en el exterior, mediante dos contratos menores por un valor de 35.700 euros.

El segundo, hace referencia a una subvención otorgada por Homs y Florensa de forma directa a Catdem (Fundación Catalanista y Demócrata) por importe de 7.400 euros para contribuir a la financiación de los gastos derivados del European Liberal Forum y de la traducción del material de difusión de su actividad.

El tercero, a la contratación, también por parte de ambos, de un despacho de abogados, por importe de 14.520 euros, por el asesoramiento jurídico para un proyecto en una zona de dinamización internacional en materia de propiedad industrial.

Puigdemont, fuera

Considera la magistrada que ley de amnistía puede aplicarse a los actos tipificados como un delito de malversación "siempre que no haya existido un propósito de enriquecimiento", como en el presente caso. Además, no hay "ninguna mínima acreditación" en la instrucción o en el ámbito del Tribunal de Cuentas de que estos gastos procediesen de fondos o ayudas europeos, por lo que no pueden ser tipificados como un fraude a los intereses económicos de la Unión Europea.

Cabe recordar que el principal responsable del procés, el expresidente Carles Puigdemont, sigue a la espera de que se le aplique la amnistía. Por el momento, el Tribunal Supremo considera que, en su caso, puso en riesgo las finanzas de la UE y hubo enriquecimiento personal ya que "hicieron con el patrimonio ajeno que les estaba confiado lo que no pudieron o no quisieron hacer con su patrimonio".