La Audiencia Nacional invalida la investigación a Puigdemont por terrorismo por un error
El juez García Castellón prorrogó la instrucción de la causa de Tsunami Democràtic un día después del límite establecido
8 julio, 2024 15:54Noticias relacionadas
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha invalidado toda la investigación de la causa de Tsunami Democràtic desde julio del 2021 por un error del juzgado. Esto incluye las imputaciones por terrorismo acordadas en 2023 del expresidente catalán Carles Puigdemont y de la secretaria general de ERC, Marta Rovira.
En un auto, el tribunal da la razón al recurso de una de las investigadas, Marta Molina, al considerar que la prórroga dictada por el juez instructor Manuel García Castellón en julio del 2021 fue "extemporánea". El juzgado consideraba que el plazo de instrucción, que terminaba el 29 de julio, no llegó a expirar por el auto de 30 de julio de 2021 en el que acordó la prórroga y que le "dio continuidad sin que se produjese interrupción alguna".
Prórroga tras la expiración
Sin embargo, para la Sala de lo Penal este razonamiento del instructor resulta contradictorio, ya que aunque ambos hechos, "la expiración y su prórroga sean cercanos –están separados por menos de 24 horas– es palmario que lo primero se había producido cuando se acordó lo segundo".
Por todo ello, el alto tribunal concluye que la proximidad temporal de expiración de plazo y prórroga no indica continuidad en la instrucción, sino precisamente lo contrario: la solución de esa continuidad.
De este modo, la Audiencia Nacional ordena al magistrado que dicte la resolución establecida en el artículo 779 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, según el cual el instructor debe decidir si continúa con la causa o dicta el sobreseimiento, con la información recabada hasta el 29 de julio del 2021.
Alay no se libra
En el caso de otro de los recurrentes, el investigado Josep Lluís Alay, la Sala rechaza su recurso en el que pedía el sobreseimiento como consecuencia de la expiración del plazo de instrucción. Los magistrados consideran que Alay constaba en esta causa como investigado antes del 29 de julio de 2021, día en que concluyó la fase de instrucción, aunque no hubiere prestado declaración como tal.
La Sala indica que será ahora el juzgado el que, con libertad de criterio y ajustándose a las diligencias practicadas dentro del periodo de instrucción que concluyó el 29 de julio de 2021, resuelva lo que considere oportuno.