¿Hasta cuándo se puede votar por correo en las elecciones catalanas del 12M? Plazos y cómo hacerlo
Para votar por correo se puede presentar la documentación hasta el día 8. Eso sí, tendrías que haberlo solicitado con antelación.
6 mayo, 2024 14:11Noticias relacionadas
Queda poco para las Elecciones en Cataluña 2024 del 12 de mayo, que Pere Aragonès, el presidente de la Generalitat, convocó anticipadamente el pasado marzo. Es muy importante ejercer el voto y por eso vamos a explicarte de qué manera hacerlo si ese día o ese finde de semana no estás en Cataluña.
El voto por correo ya está disponible desde el 19 de marzo y se podrá solicitar hasta el 2 de mayo, diez días antes de las elecciones al Parlament. El último día para votar por correo es el miércoles 8 de mayo.
Cómo se vota por correo: paso a paso
La solicitud del voto por correo se podía efectuar de manera presencial en cualquier oficina de Correos o vía web, antes del 2 de mayo, y para comprobar la identidad del sufragante se pedirá la documentación como el DNI u otro documento oficial.
1. Rellena un formulario para hacer la solicitud
Para poder votar por correo hay que hacer previamente la solicitud. Para ello, había que dirigirse antes del 2 de mayo a Correos o a su web y rellenar un formulario con los datos en el que detallarás en qué dirección quieres recibir la documentación electoral.
Para hacerlo de manera online en la página web de Correos y, era necesario disponer del DNI electrónico o de un certificado digital válido. Repetimos, pasado el 2 de mayo, este trámite ya no puede hacerse.
2. Recibe la documentación
Una vez realizada la petición, la Oficina del Censo Electoral deberá aprobar la solicitud para enviar la documentación correspondiente y entregarla al solicitante entre el 22 de abril y el 8 de mayo. Los carteros harán dos intentos para entregar la documentación en mano a la persona correspondiente, que deberá enseñar el DNI u otro documento oficial.
En el caso de que no encuentren al votante, dejarán una notificación en el buzón para que vaya a la oficina de Correos más cercana a recoger el sobre. Y si no es posible ir a recogerlo en persona, se puede redactar una autorización para que acuda otra en tu nombre.
3. Rellena la documentación que te habrá llegado por correo
Una vez solicitado el voto, ya sea de forma online o presencial, deberías haber recibido en la dirección indicada la solicitud de voto por correo junto a la siguiente documentación:
- El certificado de inscripción en el censo.
- Una papeleta de votación de cada una de las candidaturas que se presentan a las elecciones convocadas.
- El sobre de votación.
- Uno sobre dirigido al Presidente/a de la Mesa en la cual corresponde votar.
- Una hoja explicativa del procedimiento que se debe seguir.
4. Envía tu voto mediante correo certificado en cualquier oficina de Corrreos
Tras rellenar los documentos, se deberá introducir en el sobre la papeleta que se haya escogido y cerrarlo, para después acudir a una oficina de Correos y proceder a su envío certificado. Puedes hacer esto en cualquier momento, acogiéndote al horario de apertura de las oficinas postales.
El horario es: de lunes a viernes, de 8:30 a 20:30 horas.
¿Hasta cuándo se puede votar por correo?
El plazo para entregar el voto en Correos termina el 8 de mayo. Desde el momento de publicar este artículo, tienes 2 días para presentarte en una oficina de Correos y presentar tu solicitud. Y recuerda, si no solicitaste el voto por correo antes del 2 de mayo y, por consiguiente, no recibiste la documentación, no podrás hacerlo.