Esta semana, la titular del Juzgado de Primera Instancia 19 de Barcelona, Isabel Giménez, ha dictado una sentencia pionera en la que prohíbe el régimen de visitas a un padre condenado por violencia de género para proteger a una niña de un posible caso de violencia vicaria. En el auto, la magistrada se dirige directamente a la menor para explicarle la decisión tomada.
“No te preocupes, seguirás viviendo con tu mamá y, además, no tendrás que ver ni hablar con el señor que hizo daño a tu mamá”, redacta Giménez, en los mismos términos en los que la menor se refirió durante las entrevistas a su padre. “Los jueces tenemos que decidir teniendo en cuenta qué es lo mejor para ti y para tu futuro y de lo que estoy convencida es de que sentir miedo no es bueno”, se reafirma la jueza.
Proteger a las mujeres
A pesar de estos avances, Cataluña ha registrado cinco de los siete asesinatos de menores a manos de sus propios padres ocurridos este año en España. Por eso, José Alberto Marín, decano del Colegio Notarial de Cataluña, pone sobre la mesa la necesidad de proteger a las madres, las otras víctimas de la forma más atroz de la violencia machista, a pesar de que ya hayan perdido a sus hijos y el dolor sea ya irreparable.
Aunque el daño ya no se pueda revertir, Marín pide desarrollar mecanismos para que las mujeres no tengan que enfrentarse a otro duro golpe tras el asesinato de sus hijos: negociar la herencia con la familia del asesino de los niños.
Y es que una de las consecuencias de la violencia vicaria es el daño económico que recae sobre las madres de los menores asesinados. El problema suele plantearse cuando los progenitores tenían bienes conjuntos, como una vivienda habitual en común. “Nos encontramos con que al no tener hijos, porque los ha asesinado, y como el matrimonio suele estar ya separado y por tanto han perdido los derechos sucesorios entre sí, los herederos del filicida suelen ser sus padres, en caso de estar vivos, sus hermanos o sus sobrinos”.
Negociar con la familia del filicida
En estas circunstancias, las mujeres víctimas de violencia vicaria se ven obligadas a negociar con sus exsuegros o excuñados, produciéndose en ocasiones situaciones lamentables, como aquellos casos en los que ellas necesitan vender las propiedades porque ya no pueden hacer frente al pago de la hipoteca en solitario, pero la otra parte, dueña del 50%, no quiere. En estos casos, ninguno de los implicados suele estar en condiciones de negociar, pues para los abuelos también es muy duro asumir que su hijo ha matado a sus nietos mientras que las madres no quieren interactuar con la familia política.
“Es necesario que se modifique la ley para que, en estos casos, los bienes comunes pasen automáticamente al otro progenitor, habitualmente la madre de los niños”, defiende el decano, para evitar revictimizarlas. “El que hace eso intenta hacerle el mayor daño posible, así que regular esto supondría poner un grano en la balanza para proteger a estas mujeres”.
Plantea un cambio legislativo
Aunque se trata de casos aislados, el decano considera que con que sólo uno lo requiera ya es suficiente para desarrollar este cambio legislativo. “No pueden repetirse estas situaciones”, reitera el notario, que describe uno de estos casos, que conoció por su profesión de primera mano, como una de las situaciones más duras a las que ha tenido que enfrentarse en su vida.
Sin embargo, avanza, la regulación no será fácil, pues cuando los autores de estos hechos se suicidan se extingue su responsabilidad penal y, por consiguiente, la causa judicial queda archivada. Esto obligaría a modificar el Código Penal o la Ley de Enjuiciamiento Criminal para que se les reconozca como filicidas. “Sin una regulación a nivel estatal la Generalitat lo tendría difícil”, pues esta competencia es exclusiva del Estado.
“No es fácil de regular, pero cosas más difíciles se han hecho. No será un bálsamo, pero atenuaría un poco otra de las consecuencias de la violencia vicaria, porque las mujeres al menos no se quedarían desamparadas económicamente. Es una cuestión de subsistencia”.