La declaración de la Renta comienza el próximo miércoles 3 de abril de 2024. Sin duda, uno de los días marcados en rojo en el calendario de cualquier asalariado. Desde esa fecha puedes realizar, a través de su web, el borrador de tu declaración.
Antes de iniciar los trámites, te contamos toda la información que debes conocer para que puedas realizarlos con tranquilidad. Aunque una de las preguntas más repetidas por todo asalariado es la siguiente: ¿cómo puedes estar exento de hacer la declaración si has tenido dos pagadores?
Una de las principales normas es el cambio del mínimo exento, ya que los rendimientos del trabajo percibidos en el año 2023 tendrán que ser tributados en la declaración del presente año. Por eso se ha de tener en cuenta los mínimos para uno y dos pagadores, puesto que en caso de que sus ingresos se sitúen por debajo de los estipulados, no existirá obligación de presentar la declaración de la Renta.
¿Cuál es el límite de Hacienda para dos pagadores?
Según la ley del IRPF, en el año 2024 el límite para estar exento de hacer la declaración de la renta con dos pagadores se sitúa en 15.000 euros, por lo que, si los rendimientos íntegros del trabajo se sitúan por debajo de esta cifra, no existirá la obligación de presentar la misma. Este supuesto es válido para aquellos casos en los que se hayan percibido menos de 1.500 euros por parte del segundo y siguientes pagadores.
Por su parte, los contribuyentes que tengan un único pagador deben saber que el límite exento fijado y por el que no habrá obligación de presentar la declaración se sitúa en 22.000 euros. Estos límites se encuentran establecidos para los ingresos del año 2023, es decir, para la declaración que habrá que presentar en el 2024. De cara al próximo año 2025, la intención del Gobierno es la de que se produzca su modificación tras haber subido el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).