La Declaración de la Renta 2023-2024 es una realidad. Ya se ha iniciado uno de los procesos que más dolores de cabeza puede ocasionar a cualquier asalariado en España por su complejidad para realizar los trámites. Desde el 3 de abril de 2024 ya se puede acceder al primer borrador y presentar la declaración si esta te sale a devolver. Estés obligado o no a hacerla, a continuación, con esta guía, te contamos todos los detalles para que no te pierdas nada y puedas realizar el trámite correctamente
Ya sabemos que aunque sea un proceso, muchas veces complicado, es una responsabilidad importante que permite mantener el sistema fiscal en funcionamiento para contribuir al financiamiento de los servicios públicos esenciales, como la educación, la sanidad y la infraestructura. Como bien dice la famosa frase ‘Hacienda somos todos’. Esto es lo que necesitas saber:
¿Quiénes están obligados a hacer la declaración de la Renta?
Están exentos de presentar la declaración de la renta aquellos contribuyentes cuyos ingresos anuales no superen los 22.000 euros procedentes de un pagador y 15.000 euros anuales si provienen de más de un pagador, siempre y cuando el importe de los siguientes pagadores no supere los 1.500 euros anuales.
Por otro lado, aunque no lleguen al mínimo, estarán obligados a presentar el ejercicio aquellos contribuyentes que se vean afectados por un ERTE y los beneficiados por la prestación del Ingreso Mínimo Vital.
Estas son las fechas clave de la declaración de la Renta 2024
La campaña tendrá su inicio el 3 de abril hasta el 28 junio, con la excepción de las personas que hayan obtenido un resultado a pagar y quieran domiciliar el ingreso, ya que estas deberán presentarla antes, teniendo como fecha límite el 25 de junio.
Estas son las fechas clave:
- 3 de abril: arranca la campaña.
- 29 de abril: solicitud, cita previa telefónica.
- 7 de mayo: presentación telefónica.
- 29 de mayo: solicitud cita previa presencial.
- 27 de junio: fin solicitud, cita previa.
- 28 de junio: fin de cita previa tanto telefónica como presencial.
- 1 de julio: fin de la campaña.
¿Cómo se accede al borrador de la Renta?
Para poder acceder al borrador necesitas tener el número de referencia, ya que éste es el que se debe introducir en la RENTA WEB. También, podrás conocer los ingresos y rentas de la declaración anterior, el tramo de IRPF que se te va a aplicar y conocer si te va a salir a ingresar o a devolver. Para obtener este número lo puedes conseguir a través de estas opciones:
- Cl@ve PIN, con la que podrás identificarte y proceder a continuar con el proceso en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- A través del Certificado Digital de Persona Física de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
- Accediendo con el dato de la casilla 505 del ejercicio anterior.
¿Cómo puedo presentar el borrador de la declaración de la Renta?
La declaración de la renta se puede presentar mediante tres modalidades diferentes:
- Elaboración presencial: entre el 3 de junio y el 1 de julio se puede solicitar la elaboración telefónica, cuya cita previa va desde el 29 de abril hasta el 28 de junio.
- Elaboración telefónica: entre el 7 de mayo hasta el 1 de junio se puede solicitar cita telefónica. La cita previa entre el 29 de abril y el 28 de junio.
- Elaboración online: desde el inicio de la campaña, 3 de abril, puedes solicitar el borrador de la renta 2023-2024 y confirmarla en la misma página web.
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