Agentes de los Mossos d'Esquadra se incautan de hachís y marihuana en un club cannábico en Badalona, en una imagen de archivo

Agentes de los Mossos d'Esquadra se incautan de hachís y marihuana en un club cannábico en Badalona, en una imagen de archivo GALA ESPÍN - CG

Vida

El fin de la impunidad de las falsas asociaciones cannábicas: los responsables de El Rincón de María de Barcelona se enfrentan a siete años de cárcel

  • Además de una pena de prisión, la fiscalía solicita que cada uno de los cinco acusados abone una multa de más de 182.000 euros
  • Los agentes de la Guardia Civil hallaron 898 plantas de marihuana y 503 esquejes durante el registro en una casa alquilada por los investigados
12 marzo, 2024 00:00

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Los responsables de las asociaciones cannábicas que han utilizado estos clubes privados como subterfugio para sortear la ley y vender marihuana a personas ajenas a estos comienzan a sentarse en el banquillo de los acusados. En los últimos meses, los Mossos d’Esquadran han puesto la lupa sobre estas asociaciones, efectuando entradas y registros en varias de ellas, como explicó este medio.

Algunos de estos clubes cannábicos operan amparados por la apariencia de legalidad que les otorga haberse constituido como asociación, pero muchos de ellos vulneran la ley. 

Una tapadera

Es, presuntamente, el caso de El Rincón de María, constituido en 2012 y que todavía opera en la calle Bailén de Barcelona. En sus estatutos fundacionales se especificaba que este club tenía como objetivo la creación de un espacio privado, de acceso exclusivo para sus socios, que debían ser consumidores habituales de marihuana, sus derivados o de tabaco. 

Además, se precisaba que la entidad, sin ánimo de lucro, nacía con el fin de cultivar esta sustancia de forma colectiva para abastecer única y exclusivamente a sus asociados, llegando a afirmar los responsables que “no se pretende de modo alguno llevar a cabo ninguna de las conductas consideradas como un delito contra la salud pública tipificadas en el Código Penal”. 

Desarticulación de un club cannábico de Mossos en Badalona, en una imagen de archivo

Desarticulación de un club cannábico de Mossos en Badalona, en una imagen de archivo GALA ESPÍN Barcelona

Funcionaba como “pantalla”

Así las cosas, los responsables aseguraban que la asociación fomentaría el consumo responsable de esta sustancia e impulsaría el estudio sobre el cannabis Sativa y sus posibles aplicaciones culturales, científicas y terapéuticas, incluyendo la creación de un local. También se comprometían a organizar y promover actividades encaminadas a la prevención de los riesgos asociados a su uso, así como a incentivar el debate social sobre su situación legal y la de los consumidores.

Sin embargo, sostiene la fiscalía, El Rincón de María funcionaba como una “pantalla” para dar apariencia de legalidad a lo que en realidad era “cultivo y distribución de grandes cantidades de marihuana a terceros”. Es más, el Ministerio Público sostiene que la actividad asociativa descrita en sus estatutos era “totalmente inexistente”. 

Más de 5.000 socios

Según la acusación pública, los que en aquel momento ocupaban los cargos de secretario, presidente y encargado, además de otras dos personas más vinculadas a este local, presuntamente se valieron de la asociación para permitir “la libre circulación de drogas”. En su escrito, la acusación sostiene que en el momento en el que una persona ajena se dirigía a la asociación, los ahora acusados la inscribían “mediante un simple trámite privado” que consistía en una anotación de sus datos personales, la expedición del carnet asociativo y el cobro de una cuota inicial. 

Por lo tanto, la cantidad de marihuana que allí había no dependía del número de socios “potencialmente ilimitado”, sobre el que no había "ningún control", sino que el cultivo tenía lugar en un piso de Premià de Dalt (Barcelona) alquilado para tal efecto. De hecho, el día en el que se efectuaron las entradas y registros en el local de la calle Bailén la última inscripción que figuraba en el libro de anotaciones reflejaba 5.045 socios. 

Casi 900 plantas de marihuana

En el escrito de acusación la fiscalía sostiene que el domicilio de Premià de Dalt había sido “en su totalidad acondicionado para el cultivo y producción intensiva de marihuana”. Lo descubrieron después de que los vecinos denunciaran el fuerte olor a hierba que emanaba de la casa. 

Así las cosas, la Guardia Civil efectuó un registro en el que los agentes se incautaron de 898 plantas de marihuana distribuidas en varias estancias de la casa y 503 esquejes con un peso bruto de 11 kilos y medio. Asimismo localizaron todas las herramientas necesarias para acelerar su cultivo, como “extractores, lámparas de secado” y focos. El valor de esta droga ascendía a los 28.304 euros.

Venta de marihuana y hachís

En paralelo, los investigadores pudieron comprobar que la asociación funcionaba, en realidad, como un punto de venta de marihuana en pleno centro de Barcelona tras dar el alto y registrar a varios de los clientes que acudieron al local entre septiembre y diciembre de 2016. Uno de estos jóvenes portaba encima 23 gramos de marihuana que había comprado en el establecimiento por 400 euros, una cantidad muy superior a la permitida para consumo propio.

Una mesa de una asociación cannábica desmantelada por los Mossos en Badalona, en una imagen de archivo

Una mesa de una asociación cannábica desmantelada por los Mossos en Badalona, en una imagen de archivo GALA ESPÍN Barcelona

Así, en febrero de 2017 se registró el local en el que los investigadores hallaron casi cinco kilos de cogollos de marihuana, 373 porros ya liados, 10 placas de hachís y golosinas con THC, entre otros. El peso total de las sustancias incautadas en El Rincón de María fue de 2,72 kilos de hachís, 4,96 kilos de cogollos de marihuana y 274 frascos de extracto de flores de cannabis, alcanzando en el mercado al menos 17.215 euros. A esto habría que sumar 8.835 euros en metálico hallados en el local.

Penas de seis y siete años

Por estos hechos la fiscalía pide para cada uno de los cinco acusados cuatro años de cárcel por un delito contra la salud pública en su modalidad de sustancias que no causan grave daño a la salud, así como una multa de 182.000 euros

Para dos de ellos, además, solicita tres años de cárcel más por un delito de asociación ilícita en calidad de “fundadores, directores y presidentes”, mientras que para los tres restantes pide que se les castigue con dos años de prisión adicionales por el mismo delito, pero en calidad de miembros activos.  

El consumo compartido 

Estos clubes se amparan en la doctrina del consumo compartido, una norma desarrollada por el Tribunal Supremo para delimitar el alcance del delito de tráfico de drogas, al considerar que podría ser desproporcionado condenar acciones insignificantes. 

Así nació esta norma, que exime de responsabilidad penal a los consumidores, pero en circunstancias muy concretas. Ampara a las personas adictas o que consuman de forma habitual, que hayan adquirido o cultivado la droga con un fondo común y con el objetivo de consumirla juntas. Además, esta acción tiene que hacerse en un lugar cerrado, de forma ajena a terceros y en presencia de quien proporciona la sustancia. La cantidad tiene que ser irrelevante, de forma que pueda agotarse en una sola vez. En este caso concreto, sostiene la fiscalía, los responsables presuntamente comercializaban grandes cantidades de droga a personas que se asociaban al momento, sin tener ningún control sobre el número de socios, que ni siquiera se conocían entre sí.   

Un socio de un club cannábico entrega hachís a un agente de Mossos, en una imagen de archivo

Un socio de un club cannábico entrega hachís a un agente de Mossos, en una imagen de archivo GALA ESPÍN Barcelona

Muchas de las asociaciones, añaden fuentes policiales, se alejan de esta doctrina con acciones típicas del artículo 368 del Código Penal, que castiga por delitos de tráfico de drogas a aquellos que promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de sustancias tóxicas. Así, muchos de estos establecimientos -como parece ser el caso del presente- tienen cantidades de marihuana muy superiores a un consumo en una sola tanda por parte de sus socios y permiten a terceros acceder para consumir. En otros casos, como sostiene aquí la fiscalía, venden droga que acaba saliendo fuera del local.

Hecha la ley, hecha la trampa 

Estas entidades, añaden las mismas voces, en teoría sin ánimo de lucro, se inscriben en el registro de asociaciones alegando en sus estatutos de constitución que se dedicarán a fomentar el estudio y el conocimiento del THC como un compuesto psicoactivo terapéutico y que lucharán por su legalización.  

Con esta cobertura legal las asociaciones con miles de socios podrían dedicarse a promover su conocimiento, elaborar informes, hacer estudios, plantear propuestas o expresar su opinión sobre la materia, así como organizar tertulias y seminarios.

Ahora bien, añaden voces policiales, usar la infraestructura de una entidad sin ánimo de lucro para montar un sistema de cultivo superior a lo que engloba la doctrina del consumo compartido, adquirir marihuana o derivados como el hachís a terceros, y permitir que cualquiera pueda afiliarse pagando o enseñando su DNI en la puerta es, sin ninguna duda, constitutivo de un delito.