El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado, con dos magistrados a favor y uno en contra, la absolución de Alba A.V., acusada de inducir a un amigo con esquizofrenia a cometer un parricidio en la localidad barcelonesa de Vilanova i la Geltrú en 2019, y ha rechazado repetir el juicio.
La sentencia de apelación dictada por el TSJC, a la que ha tenido acceso EFE y que cuenta con un voto particular de la magistrada María Jesús Manzano, ha desestimado los recursos tanto de fiscalía como de la acusación particular, que solicitaban la nulidad del juicio y su repetición sólo para Alba.
Fiscalía la acusó de manipular para estafar a su amigo
Según la versión de fiscalía, Alba manipuló a su amigo Ismael M.S. para estafarle dinero haciéndole creer que formaba parte de un grupo parapolicial secreto, le indujo a cometer el parricidio y quemar después la vivienda donde tuvo lugar el crimen, con el pretexto de que su progenitor en realidad era un mafioso.
El ministerio público sostiene que Alba hizo creer a Ismael que su padre era un mafioso después de haberle creado un mundo paralelo de fantasía, en el que llegó incluso a enamorar al parricida confeso de un perfil falso llamado Julia, y le hizo creer que supuestamente había tenido gemelos con esta persona inexistente por inseminación artificial.
Un jurado popular de la Audiencia exculpó a Alba, absolución que después confirmó la sentencia, y le reconoció a Ismael, autor confeso del crimen, una eximente completa por alteración psíquica, quien acabó con tratamiento pautado y controles médicos durante un máximo de 19 años como medida de seguridad.
Posibilidad de recurso
El ministerio público afirmó que el jurado había actuado con arbitrariedad y que su veredicto contaba con varias contradicciones en el recurso que presentó contra la sentencia dictada por la Audiencia, en la que pidió su nulidad y la de todo el juicio, igual que hizo la acusación particular ejercida por la familia de Ismael.
La sentencia de apelación, contra la que cabe recurso de casación, considera que "la decisión del jurado tiene un fundamento razonable, ya que refleja con claridad cual fue el proceso de convicción sobre la declaración de no culpabilidad de la acusada tanto en relación al delito de estafa como a la pretendida participación por autoría mediata en el delito de asesinato".
Además, respalda al jurado cuando consideró que "no hay ánimo de lucro ni engaño para obtener dinero" por parte de Alba y que la única falsedad de la acusada contra Ismael fue la creación del personaje de Julia, que no guarda relación con la presunta estafa.
Sobre la inducción al asesinato, afirma que el jurado "claramente expresó las dudas sobre que algo o alguien pueda tener una influencia decisiva en el delirio psicótico y ello lo hace en base a las periciales, que avalan esta tesis".
Voto particular contra la absolución
Por otra parte, el voto de la juez María Jesús Manzano considera vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de la acusación, por lo que se decanta por avalar la nulidad parcial de la sentencia, del veredicto y el juicio oral solo para Alba, y pide que se vuelva a celebrar con miembros y un magistrado-presidente distintos.
Sobre la presunta estafa, ha indicado, entre otras cuestiones, que "el jurado da gran relevancia a que Julia ya existía antes de las disposiciones patrimoniales, como si ello no guardara relación alguna cuando es todo lo contrario, la previa existencia de Julia abonó el camino para la manipulación".
El jurado la exculpó
Sobre el hecho que el jurado exculpó a Alba por considerarla incapaz de tener ánimo de lucro, la juez ha manifestado que para llegar a esa conclusión se basaron "exclusivamente en la prueba pericial de la defensa, con total omisión de la practicada a instancias de la acusación y del resto de prueba practicada".
En cuanto a la inducción al asesinato, el voto particular ha tildado de contradictorio que el jurado no considerara probado que Alba fuera inculcando de forma paulatina a Ismael la idea de cometer el crimen.