Aitor García, condenado por el asesinato de Janet Jumillas, durante el juicio / EUROPA PRESS

Aitor García, condenado por el asesinato de Janet Jumillas, durante el juicio / EUROPA PRESS

Vida

El TSJC confirma la condena a 17 años de prisión para el asesino de Janet Jumillas

El alto tribunal catalán desestima el recurso presentado por Aitor G. y confirma la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona

10 mayo, 2023 12:01

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona, que condenó a Aitor García a 17 años de prisión por el asesinato de Janet Jumillas en Cornellà de Llobregat en enero de 2019.

En el auto, al que ha tenido acceso Crónica Global, el tribunal también confirma el pago de una indemnización de 488.000 euros a la familia de la víctima y cinco años de libertad vigilada.

No pudo defenderse

Los hechos por los que fue condenado como autor de los delitos de asesinato y ocultación de cadáver se remontan al 13 de enero de 2019. Ese día, recoge el auto, la víctima se citó con Aitor García en el domicilio de este, ubicado en Cornellà de Llobregat. Una vez en el interior del domicilio, “valiéndose de una o varias armas blancas la atacó causándole varias heridas inciso punzantes”, recoge el auto.

Janet Jumillas, de 39 años y madre de dos niños, falleció a consecuencia de las cuchilladas en la zona cervical, que le causaron profundas lesiones en los vasos sanguíneos que derivaron en un shock hipovolémico. Según el tribunal, el autor de los hechos la atacó “de forma sorpresiva” y por la espalda, por lo que no pudo prever el ataque o defenderse de ninguna manera. Después, se deshizo de su cadáver en un descampado de El Prat de Llobregat, donde fue localizado por un operario de limpieza en mayo .

Desestiman el recurso de Aitor García

La sentencia, que ha confirmado ahora la Audiencia de Barcelona, recoge que no ha quedado probado que en el momento de los hechos Aitor García tuviese “sus facultades volitivas e intelectuales gravemente alteradas como consecuencia de su dependencia al cannabis y a la cocaína".

Además, recoge que el jurado, “con acertado criterio”, descartó la concurrencia de las atenuantes propuestos por su defensa, “la drogadicción y el arrebato”, que no quedaron probadas. Por todo ello, acuerdan desestimar el recurso de apelación interpuesto por Aitor García contra la sentencia dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), y confirman íntegramente el auto. Aun así, la sentencia podrá ser recurrida ante el Tribunal Supremo.