Santi Millán, en la presentación de la película  'Los tipos malos' / EUROPAPRESS

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Vida

Los otros Santi Millán: 377 personas denunciaron la difusión de imágenes íntimas el año pasado

La filtración de contenido sexual sin consentimiento conlleva penas de prisión de tres meses a un año

4 julio, 2022 13:19

Filtraciones de vídeos íntimos como la que sufrió Santi Millán pueden estar castigadas con una pena de prisión de tres meses a un año, o una multa de seis a 12 meses. Según recoge la Ley Orgánica 10/1995, la mayor carga será para la persona que inicie la cadena y la existencia de una relación afectiva o que el afectado sea menor será un agravante. El año pasado, 377 personas denunciaron la difusión de imágenes íntimas, según la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

Según explica la abogada del despacho Sanahuja Miranda, Elena Arbiol, “la visualización y el retuiteo de este tipo de vídeos, a expensas de que se apruebe una nueva reforma del Código Penal, no es constituyente de delito, sino que se castigaría a la persona que ha obtenido las imágenes”. Sin embargo, la Ley de Garantía de la Libertad Sexual, aprobada el pasado 26 de mayo en el Congreso y todavía en trámite en el Senado, fija una multa de uno a tres meses para aquellas personas que reciban este contenido y lo difundan a terceros sin el consentimiento de la parte afectada.

Denunciar un caso

La Agencia Española de Protección de Datos es el organismo encargado de recibir la denuncia. Después, valora cada caso concreto y decide si es necesario abrir un procedimiento sancionador contra las personas que han difundido el contenido. Además, la AEPD pondrá reclamaciones a las plataformas que alojen las imágenes para que las retiren lo más rápido posible.

La AEPD ha creado un canal exclusivo para las víctimas de difusión de imágenes íntimas.