Cataluña mantendrá el toque de queda y el cierre del ocio nocturno, al menos, hasta el 21 de enero
El TSJC ha dado el visto bueno a la petición de la Generalitat para ampliar otros 14 días las medidas impuestas para contener la expansión del Covid-19
5 enero, 2022 13:18El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha autorizado prorrogar las restricciones impuestas por el Govern otros 14 días para contener la expansión del Covid-19 en el territorio, entre las que se encuentran el toque de queda, la prohibición de realizar reuniones de más de 10 personas y las limitaciones de aforo en determinados espacios.
Tal y como solicitó el lunes la Generalitat, estas medidas se alargarán al menos hasta el 21 de enero para tratar de frenar el auge de contagios por el virus y reducir la presión asistencial, después de que el territorio haya notificado en esta víspera de Reyes un total de 32.556 nuevos positivos en las últimas 24 horas.
Limitación de movilidad nocturna en 132 municipios
Después de que la sección tercera de la sala contenciosa del alto tribunal catalán haya avalado ampliar la vigencia de estas restricciones, el toque de queda se aplicará entre la una y las seis de la madrugada en una lista que se actualizará este viernes y que ahora incluye 132 municipios de la comunidad.
Entre ellos, se encuentra Barcelona, las ciudades del área metropolitana y las demás capitales de provincia, así como aquellas localidades con más de 10.000 residentes y una incidencia acumulada superior a 250 casos por cada 100.000 habitantes en los últimos siete días, así como los conocidos como "municipios isla" que colindan con localidades de alta incidencia.
También se prorroga el uso del certificado Covid
Por otro lado, el TSJC también ha validado la prórroga del uso del pasaporte Covid para acceder a los bares, restaurantes, gimnasios y residencias, así como la limitación de aforo al 70% en actos religiosos y ceremonias civiles.
Asimismo, el Govern ha acordado prorrogar otras dos semanas más las medidas vigentes que no requieren aval judicial previo. Es el caso del cierre de discotecas y locales de ocio nocturno, el máximo del 50% de aforo en el interior de restaurantes y bares y el 70% en comercios, instalaciones deportivas, salas de conciertos, teatros, cines, auditorios y circos con carpa.
Sin oposición de la fiscalía
En esta ocasión, la fiscalía no se ha opuesto a la aplicación de unas restricciones que afectan a los derechos fundamentales al considerar que la situación actual de la pandemia presenta unas características "bastante desfavorables", por lo que es necesario garantizar adecuadamente la defensa de la asistencia sanitaria.
En el auto de la resolución, la sala asegura que no puede desconocer la relevancia e importancia de la pandemia del coronavirus y apunta que Cataluña se enfrenta a la sexta ola en su "pleno apogeo", una situación donde debe enmarcarse su aval para "mitigar el riesgo derivado de actividades con importante interacción social". En este sentido, el alto tribunal catalán entiende que se deben adoptar medidas en defensa de la vida, la salud y de "un sistema de asistencia sanitaria cuyos limitados recursos es necesario garantizar adecuadamente".