El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha avalado las nuevas restricciones para la contención del coronavirus entre las que se incluye el fin del límite de aforo en el interior de los recintos deportivos y el aumento hasta el 80% máximo permitido en el ocio nocturno y el pasaporte Covid.
Los magistrados de la sección 3 de la Sala Contenciosa han resuelto que en el ocio nocturno se mantenga la aplicación del pasaporte Covid o una prueba diagnóstica con resultado negativo para acceder a los locales.
Flexibilización de las restricciones
El tribunal ha ratificado la flexibilización de las restricciones aprobadas por el Procicat en los servicios de restauración dentro de los recintos de los parques y ferias de atracciones, así como en los congresos, convenciones, ferias comerciales y fiestas mayores.
El TSJC las considera proporcionales “teniendo en cuenta que suponen la posibilidad de reapertura y restauración de muchas actividades que habían quedado paralizadas o suspendidas”. El alto tribunal, además, cree que es preciso ponderar “la mínima restricción de derechos que supone la muestra de la documentación exigida y la protección de bienes jurídicos como la salud individual, colectiva y la vida”.