Cataluña suaviza desde este jueves las restricciones contra el coronavirus, de manera que todas las actividades, como la restauración, cultura, ocio y deportes, alargan su horario límite de apertura de las 00:30 horas a la 1:00 de la madrugada.



Estas son las restricciones vigentes en Cataluña desde esta pasada medianoche --justo cuando empiezan las fiestas patronales de Barcelona de La Mercè-- y hasta el 29 de septiembre.

Actividades sociales

  • Sin límite de personas en las reuniones y encuentros familiares y de carácter social, aunque el Govern recomienda que no se superen las diez.

     
  • También se aconseja llevar la mascarilla siempre, tanto en interiores como en exteriores, cuando haya interacción con no convivientes.

     
  • Prohibido fumar en actividades de más de 1.000 personas al aire libre.

     
  • Las manifestaciones pueden ser en movimiento y con cabecera, aunque con distancia de seguridad, control de aforo, mascarilla e higiene de manos.

     
  • Los castells están autorizados de nuevo, con medidas de seguridad: máximo de 160 personas en las construcciones, con la obligación de llevar mascarilla y estar vacunado o, en el caso de los más pequeños, un test de antígenos negativo.

Horarios

  • Todas las actividades deben finalizar como máximo a la 1 de la madrugada, con 30 minutos adicionales para desalojar locales.

     
  • Se mantiene el cierre del ocio nocturno interior, con la excepción de terrazas, que en este caso podrán operar aunque sin pista de baile hasta las 3 de la madrugada, también con 30 minutos adicionales para la salida.

Aforos

  • En cines, teatros, auditorios o similares, el aforo máximo es del 70 %, con un límite que se amplía a 4.000 personas al aire libre y se mantiene en 3.000 asistentes en interior.

     
  • Estadios con una capacidad superior a 10.000 personas -como el Camp Nou-, al 40 % de aforo permitido, mientras que en el caso de pabellones con las mismas características es del 30 %.

     
  • En cuanto a las competiciones deportivas con formato más reducido, el aforo es del 70 %, con un máximo de 4.000 personas al aire libre y 3.000 en el interior.

     
  • Actos religiosos y ceremonias civiles, sin limitaciones de aforo.

     
  • En la restauración, capacidad del 100 % en el exterior y 50 % en el interior, con un máximo de 6 personas por mesa en el interior y 10 en las terrazas, con 2 metros de separación entre comensales de mesas diferentes en el interior y 1,5 en caso de exterior y terrazas.

     
  • Limitación del 70 % de aforo en pequeño comercio, establecimientos y centros comerciales y mercados no sedentarios, así como en equipamientos cívicos, salones e juego y congresos.

Educación

  • Presencial al 100 % en guarderías y en toda la etapa educativa y, en el ámbito universitario, aforo del 70 % en las clases teóricas.

Trabajo

  • Se recomienda a los titulares de los centros de trabajo, públicos y privados que adopten medidas para la reincorporación progresiva de la presencialidad en los puestos de trabajo y que fomenten el uso del teletrabajo cuando por la naturaleza de la actividad laboral sea posible.