El Tribunal Superior de Justicia de Catalunya (TSJC) ha confirmado la absolución a los doce miembros de los CDR que fueron acusados de desórdenes públicos, desobediencia y resistencia por encadenarse en las escaleras del Palacio de Justicia el 23 de febrero de 2018. La sentencia rechaza el recurso de la Fiscalía, que se opuso a la absolución, y confirma íntegramente la sentencia que dictó la Audiencia de Barcelona.
Ese día los CDR, Arran, Alerta Solidària, la CUP y el Sindicat de Estudiantes dels Països Catalans (SEPC) convocaron una protesta en la plaza Catalunya. En el transcurso de la manifestación, sobre las 7.45 horas un grupo de 200 personas subieron las escaleras del Palacio de Justicia, "cerraron las puertas y pasaron cadenas de hierro entre el forjado de las puertas, rodeando con ellas sus cuerpos", explica la sentencia.
La sentencia niega desórdenes públicos
El TSJC reafirma que los manifestantes no causaron daños en personas ni objetos, ni amenazaron con hacerlo, por lo que descarta que cometieran un delito de desórdenes públicos. También remarca que, aunque trataron de impedir que los Mossos d'Esquadra les desataran, "no se opusieron golpeando a los agentes". También concluye que su conducta solo fue una falta de respeto y consideración a los policías porque les dificultaron su trabajo.
"Todo ello valorado desde la perspectiva del ejercicio de derechos fundamentales como la libertad de expresión en el ámbito de la protesta social", añaden los magistrados en la sentencia. Finalmente, destacan que impidieron el paso por la puerta principal pero se pudo entrar por las puertas laterales en todo momento.