La Fiscalía General del Estado ha anunciado este jueves que perseguirá a aquellos padres que no lleven a sus hijos al colegio debido al Covid-19 sin una justificación clara.
Con la cercanía de la vuelta al cole se había abierto un debate jurídico sobre si los tutores legales de los menores podían negarse a llevar a los niños a la escuela, que ahora se cierra con la unificación de criterios sobre el modo de actuar ante estos casos por parte de fiscalía.
Posible delito
El objetivo de la justicia será aclarar si los padres o tutores infringen el deber inherente a la patria potestad de escolarización de los menores de entre 6 y 16 años.
La "desatención voluntaria, injustificada y persistente" de este compromiso "acarreará las consecuencias legales derivadas en los supuestos de absentismo", recalca el ministerio público.
Los colegios, encargados de la denuncia
Los centros escolares serán los encargados de hacer saber a las autoridades locales y provinciales la no asistencia de un menor al colegio, así como de llevar a cabo los trámites administrativos pertinentes para iniciar la investigación.
Solo en los casos de "repetida y no justificada" ausencia, los colegios e institutos remitirán copia del expediente a la fiscalía.
Penas de prisión
El artículo 226 del Código Penal castiga con penas de prisión de tres a seis meses la no escolarización o el absentismo de los menores.
Además, el juez puede llegar a imponer la pena de inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad o tutela por un tiempo de entre cuatro y diez años.