Los Mossos denuncian a un camionero por superar cuatro veces la tasa de alcohol permitida
El conductor cuenta con dos procedimientos abiertos por parte de la policía catalana: uno penal y otro administrativo
13 diciembre, 2019 15:31Los Mossos d'Esquadra han cazado a un camionero que conducía su vehículo con una tasa de alcohol cuatro veces más alta de la permitida. Por esta razón, la policía catalana ha interpuesto una denuncia penal contra él, además de otra administrativa al incumplir la normativa de descanso obligatorio en la conducción.
El hombre, de 54 años y vecino de Murcia, fue localizado en un control que los agentes de Trànsit realizaban en la AP-7 a su paso por el municipio de Martorell.
Demasiadas horas al volante
Los Mossos dieron el alto al camión de transporte de hortalizas y comprobaron el tacógrafo del vehículo, un dispositivo electrónico que lleva el registro de sucesos durante la conducción. Según la comunicación de la policía catalana, el conductor "no respetaba las horas de descanso entre periodos de conducción, reduciéndolo en un 35%". Esta actitud es la que motivó una de las denuncias, ya que es considerada una infracción administrativa de tipo grave.
Tras comprobar que el camionero no cumplía con la normativa de los descansos, se le realizó una prueba de alcoholemia. El alcoholímetro no solo dio positivo en el consumo de esta sustancia, sino que reveló que cuadruplicaba el máximo permitido para vehículos de alto tonelaje. Una infracción que puede llevarle, incluso, a la cárcel.
Penas por exceso de alcohol
El Código Penal español recoge como delito la conducción bajo los efectos del alcohol cuando la tasa en de esta sustancia en aire espirado es superior a 0.60 mg/l y mayor a 1,2 g/l si se mide en sangre.
El artículo 379 detalla que la persona que sea localizada a manos de un vehículo motor bajo la influencia de bebidas alcohólicas se enfrenta a "penas de prisión de 3 a 6 meses o multa de 6 a 12 meses o con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años".