Flores en el mosaico de Joan Miró en las Ramblas con motivo de los atentados de 2017 / EUROPA PRESS

Flores en el mosaico de Joan Miró en las Ramblas con motivo de los atentados de 2017 / EUROPA PRESS

Vida

Los atentados de Barcelona, paralizados en la Audiencia Nacional tras dos años

El problema que se ha encontrado el principal instructor de la causa es que demasiadas personas dicen ser víctimas del 17A, aunque no lo vivieran directamente

15 septiembre, 2019 13:23

Los atentados yihadistas de Barcelona y de Cambrils (Tarragona) de agosto están paralizados en el Juzgado Central de Instrucción número 4 de la Audiencia Nacional como por el recuento oficial de víctimas. ¿El motivo? Que dos años después del terrible suceso todavía sigue sin esclarecer el número real de damnificados que dejó 16 fallecidos. 

Fuentes jurídicas recogidas en la información publicada por Europa Press certifican que el problema que se ha encontrado el principal instructor de la causa es que casi una veintena de personas que dicen ser víctimas de los atentados se han personado en el procedimiento. La Dirección General de Apoyo a las Víctimas del Terrorismo recaba la información necesaria para elaborar un balance oficial, que espera tener listo a finales de este año o principios de 2020.

Selección propia

El juez ha tenido que hacer una criba propia por su cuenta ante las numerosas peticiones. Para realizar a una selección precisa, el magistrado ha solicitado informes médicos de estas personas que se personaban como víctimas de los atentados de la célula yihadista.

En el caso de los que ya ha rechazado, Calama argumenta en sus autos, a los que ha tenido acceso Europa Press, que "los médicos forenses no pueden establecer la relación causa-efecto entre el atentado terrorista y las presuntas lesiones de naturaleza psíquica referidas por los recurrentes".

¿Percepción subjetiva?

El magistrado también recuerda una sentencia del Tribunal Supremo según la cual "para reivindicar el carácter de víctima se necesita algo más que una percepción subjetiva", de modo que "la simple conciencia de la propia victimización no otorga el concepto de ofendido por el delito".

Dicha sentencia del alto tribunal establece que "tampoco basta la experiencia psicológica de la injusticia" y que la "conceptuación" como víctima "no puede derivarse del impacto emocional ocasionado por el delito". "La victimidad, incluso entendida en su dimensión más histórica, ha de entenderse como una condición objetiva, originada por un padecimiento ligado de forma directa a un hecho punible", subraya.

Víctimas indirectas

Las fuentes consultadas por Europa Press han precisado que la mayoría de los casos que el juez ha descartado como damnificados se trata de personas que alegaban secuelas de tipo psicológico por lo ocurrido en Barcelona y Cambrils hace dos veranos, pero ha resultado que no fueron víctimas directas de los ataques.

Mientras tanto, el Ministerio del Interior calcula que la cifra definitiva de víctimas acabará rondando el centenar de personas. Por el momento se han abonado 5,2 millones de euros en concepto de indemnizaciones y se ha reconocido a 96 personas como víctimas, a los que hay que sumar otras 24 personas a las que se han otorgado ayudas como afectados.

Teléfono de Driss Oukabir

Pero el recuento oficial de damnificados --y las correspondientes tramitaciones para aceptar o no su personación en la causa-- no es el único escollo para cerrar la instrucción de esta causa, ya que la defensa de uno de los procesados, Driss Oukabir, solicitó una nueva diligencia.

Se trataba de la geolocalización de su teléfono móvil en los días previos de los atentados para tratar de demostrar que no estuvo ni en la casa de Alcanar (Tarragona) ni en un restaurante de Tona (Barcelona), donde dos testigos le situaron el 16 de agosto. El juez Calama encargó en un principio esta diligencia a los Mossos d'Esquadra, pero finalmente será la Policía Nacional la que emita el informe, del que aún no se ha dado traslado a la Audiencia Nacional, según las fuentes jurídicas consultadas.