La mayor de las redes sociales va camino de convertirse también en el mayor cementerio. Los cálculos actuales pronostican que Facebook tendrá más perfiles de usuarios muertos que de personas vivas a finales del siglo XXI. El patrón se repetirá en Twitter, Instagram, Google, Whatsapp y otras plataformas donde compartimos nuestros datos. Por ello, cada vez hay más conciencia sobre qué hacer con este legado digital, cómo gestionarlo desde el más allá (sí, se puede; solo hay que saber cómo).

¿Qué puedo hacer con mi legado digital después de la muerte? “La mejor opción es realizar un testamento digital”, responden desde Bonet Abogados, en Valencia. Se trata de una práctica cada vez más extendida entre influencers y youtubers (tienen cuentas con un valor económico), pero también entre todas las personas con perfiles en internet. Ello es complementario a los “protocolos” desarrollados por las distintas redes sociales, por los que puedes decidir cómo gestionar tus datos cuando te visite el espectro con guadaña.

Qué es el testamento digital

Mi Legado Digital, en Alicante, es una de las empresas que recogen y gestionan estas últimas voluntades. Su responsable, Judith Giner, declara que la firma ha evolucionado hasta el punto en que realiza un “testamento inteligente”, que engloba el “testamento convencional (patrimonio físico), el vital, el genético (la herencia genética) y el digital”. Tras la muerte, conecta en tiempo real a todos los agentes involucrados (herederos, bancos); agiliza todos los procesos y está teniendo “mucha aceptación”. Añade que es una propuesta interesante para los jóvenes, que no tienen tantas propiedades físicas pero sí mucha presencia en la red. El precio del servicio oscila entre los 29 euros y los 129 euros.

El testamento digital es, a fin de cuentas, la manera de “decir en un documento quién queremos que tenga acceso a dichas cuentas y qué queremos que haga con ellas: cerrarlas, modificarlas, continuar con su actividad, convertirlas en una cuenta homenaje…”, según enumeran desde el bufete Bonet. También se incluye aquí el hardware (como discos duros, teléfonos u ordenadores) que pueda contener contraseñas. Esta nota “se puede luego legitimar ante notario o introducirla como un apartado más del testamento tradicional”.

redes sociales

Pantalla de móvil con distintas redes sociales

Qué dice la ley

La responsable de Mi Legado Digital argumenta que con la nueva ley cualquier allegado puede reclamar esta información. Se refiere al artículo 96 de la Ley Orgánica 3/2018 de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos Digitales, que entró en vigor el 7 de diciembre de 2018: “Además de regular qué personas tendrán legítimo derecho a gestionar el legado digital del fallecido, también se regula qué podrán hacer estas personas con dicho legado”, matizan desde el despacho de letrados.

El artículo 96.2 de la ley determina: “Las personas legitimadas en el apartado anterior podrán decidir acerca del mantenimiento o eliminación de los perfiles personales de personas fallecidas en redes sociales o servicios equivalentes, a menos que el fallecido hubiera decidido acerca de esta circunstancia, en cuyo caso se estará a sus instrucciones […] El responsable del servicio al que se le comunique, con arreglo al párrafo anterior, la solicitud de eliminación del perfil, deberá proceder sin dilación a la misma”. Es decir, si no hay una indicación contraria, el heredero o legatario podrá hacer lo que estime oportuno.

Cómo gestionar las redes de un fallecido

Dicho esto, si el muerto no ha indicado expresamente una persona que gestione su legado digital, podrán acceder a él “personas vinculadas al fallecido por razones familiares o de hecho, así como sus herederos”, explican desde Bonet Abogados. También podrán solicitar el acceso a los contenidos el albacea testamentario o aquella persona o institución designada por el fenecido; los representantes legales o el Ministerio Fiscal (de oficio) en el caso de menores de edad y de discapacitados, y las personas de apoyo de estas últimas, si estas facultades se encuentran entre las medidas de ayuda prestadas.

Hay que recordar que los perfiles inactivos en las redes sociales son muy atractivos para los hackers (sobre todo los que tienen muchos seguidores y los de personalidades famosas). Estos delincuentes de internet, como ya ha ocurrido en ocasiones, pueden convertir una cuenta en una plataforma de publicidad, de spambot o de pornbot. Más inquietante es que la persona que va a morir cree un clon basado en inteligencia artificial para que siga actualizando sus redes cuando ya haya pasado al otro barrio. Hay empresas que lo gestionan.

Las opciones que da cada red social

En la actualidad existen 2.375 millones de usuarios mensuales en Facebook. Los investigadores de la universidad de Oxford Öhmann y Watson calculan que, en 2100, los finados en esta red social oscilarán entre los 1.400 millones (si la comunidad se estanca) y los 4.900 millones (si mantiene el crecimiento actual), según publican en el artículo Are the dead taking over Facebook? A Big Data approach to the future of death online. Un análisis anterior, de Hachem Saddiki, de la Universidad de Massachusetts, predijo que en 2098 habrá en la plataforma de Mark Zuckerberg más muertos que vivos.

Infografía: Un cementerio llamado Facebook | Statista 

O no. Porque Facebook ofrece algunas opciones post mortem. Una de las cosas que el usuario puede hacer es pedirle a la plataforma que, en caso de deceso, desea convertir su cuenta en conmemorativa (para ello, además, un allegado deberá informar a la red social de la muerte); o directamente, que la elimine. Hazlo aquí:

https://www.facebook.com/help/contact/228813257197480/?ref=u2u.

Y aquí:

https://www.facebook.com/help/1518259735093203?helpref=search.

Instagram, propiedad de Facebook, tiene una política similar, aunque el representante legal del fallecido deberá acreditarlo, además de aportar certificados de nacimiento y defunción del titular del perfil. Puedes gestionarlo aquí:

https://www.facebook.com/help/instagram/264154560391256

En Twitter, nadie puede entrar a una cuenta después de la muerte de su fundador, salvo que alguien tenga las contraseñas. Solo un familiar directo puede solicitar el cierre (privacy@twitter.com), presentando una copia de una identificación y una copia del certificado de defunción. En cambio, en Gmail se puede dejar dicho que alguien maneje la cuenta o un familiar o representante legal puede pedir su gestión. Y en LinkedIn, un familiar puede enviar la información que demuestra la pérdida para solicitar el cierre.