La Fiscalía rechaza acusar por asesinato a los tres supuestos yihadistas de Ripoll que fueron detenidos tras los atentados del 17A en Barcelona y Cambrils.

En la vista de los recursos presentados por las acusaciones, la fiscal Ana Noé ha expuesto que los tres individuos solo están procesados por integración en una banda terrorista, depósito y fabricación de explosivos así como por tentativa de estragos.

Acusaciones

Por el contrario, las acusaciones --de las que forman para la Asociación de Víctimas del Terrorismo (AVT) y la de afectados del 11M-- sostienen que Driss Oukabir, Mohammed Houli Chemlal y Said Ben Iazza deben ser procesados por asesinato consumado, por las 16 víctimas mortales, y también en grado de tentativa, por las 140 personas que resultaron heridas en los atentados.

La Fiscalía rechaza este criterio y coincide con el procesamiento dictado por el magistrado Fernando Andreu ya que entiende que no existen indicios para involucran a estos tres individuos en una participación directa en los atentados.

Indicios

La postura de las acusaciones la avala el sindicato de Mossos d’Esquadra Uspac. Estos agentes de la policía autonómica defienden que existió una intención “decidida, coordinada y cohesionada” entre estos procesados y los autores materiales del ataque, que fallecieron.

El magistrado procesó a Oukabir y Chemlal como miembros de la célula yihadista de Ripoll y a Iazza como colaborador. A los dos primeros les atribuye delitos de integración a una banda terrorista así como la fabricación de explosivos, mientras que a Iazza, solo le imputa colaboración con la organización por comprar los componentes para fabricar un explosivo.

Falta de pruebas

La sección segunda de lo Penal de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso de la defensa de Oukabir contra su procesamiento al entender que la supuesta falta de pruebas contra él se tendrá que constatar durante el juicio oral.