El tribunal del 'caso BPA' se da 15 días para resolver las cuestiones previas
Los magistrados tienen que decidir si anulan la acusación formal del Gobierno y de los actores civiles y si aceptan la petición de nulidad de la causa
21 enero, 2018 00:00Los magistrados que componen el Tribunal de Corts de Andorra que está juzgando la pieza central del llamado caso BPA se han dado 15 días para resolver dos de las cuestiones de nulidad planteadas por las defensas de los 25 acusados. En primer lugar, deben pronunciarse sobre la personación de diversos actores civiles, accionistas e inversores que reclaman daños y perjuicios. Y, en segundo lugar, sobre la del Gobierno de Andorra que ejerce la acusación particular.
¿Quién mató a la BPA?
Sobre los primeros, el alud de críticas fue mayúsculo: “El causante de la pérdida del dinero de sus acciones o inversiones no es culpa de la antigua gestión del banco, avalada y supervisada de forma siempre por el INAF (Institut Nacional Andorrà de Finances) y los controladores financieros internacionales". Según los afectados, la culpa es del Gobierno por instar un proceso de liquidación de la entidad estentóreo y con finalidades políticas. “Es al Gobierno a quien ustedes deben reclamar”, insisten los letrados. Ese ha sido el clamor de los abogados durante estos primeros días del juicio. Su discurso unánime no ha cesado en la sala de vistas, y bien se podría resumir en las palabras de la letrada Anna Solè: "¿Quién mato a la BPA?".
Juicio politizado
La otra gran cuestión que también ha provocado agrias discusiones entre defensas y acusación versa sobre la presencia del Gobierno de Andorra en la causa. Para las defensas, no está legitimado para comparecer porque, en Andorra, el garante de la legalidad y el defensor del bien general recae en el fiscal. El mismo que, desde un primer momento y de forma preeminente, ya participa en la diligencias. Según los abogados la presencia del Ejecutivo es una clara muestra de politización de la justicia con fines extraprocesales.
¿Posible nulidad?
Los magistrados, además, deberán pronunciarse sobre otras muy concretas y transcendentales peticiones de nulidad. Por ejemplo, la que pide el archivo de la causa porque la tramitación de la comisión rogatoria que facilitó la presencia en Andorra del imputado en España, Rafael Pallardó, se hizo de forma totalmente irregular y vulneró el convenio de Estrasburgo de 1959 que regula los acuerdos de colaboración judicial entre países.