Imagen del asedio a Cayetana Álvarez de Toledo (arriba a la izquierda), candidata del PP al Congreso por Barcelona, acosada en un acto de la UAB sobre la democracia europea y los nacionalismos / CG

Imagen del asedio a Cayetana Álvarez de Toledo (arriba a la izquierda), candidata del PP al Congreso por Barcelona, acosada en un acto de la UAB sobre la democracia europea y los nacionalismos / CG

Política

El TSJC confirma que la UAB vulneró derechos de estudiantes constitucionalistas

Rechaza el recurso del centro universitario, el primero en España que es condenado por estos hechos, y señala que la exclusión de alumnos del directorio “es claramente ilegal"

6 mayo, 2019 17:33

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado el fallo del Juzgado Contencioso Administrativo 7 de Barcelona que en julio de 2018 declaró que la Universitat Autònoma de Barcelona (UAB) había vulnerado los derechos fundamentales de los alumnos constitucionalistas que se integraban entonces en Joves SCC-UAB al negar su inscripción en el directorio de colectivos de la Universidad. La sentencia de primera instancia era pionera, pues no existen precedentes en España. Hace varias semanas, este centro fue noticia por los dos boicots cometidos por radicales independentistas contra actos constitucionalistas organizados por el colectivo de estudiantes S'ha acabat (la antigua asociación de Joves SCC-UAB). A uno de ellos asistió la cabeza de lista del PPC en las elecciones generales, Cayetana Álvarez de Toledo.

En concreto, la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC rechaza el recurso presentado por la UAB y declara que se vulneraron los siguientes derechos fundamentales: a no ser discriminado por razón de opinión, a la libertad ideológica, a la libertad de expresión y al derecho a la educación.

Rechazo por sus opiniones

El Tribunal Superior señala que la exclusión de los estudiantes constitucionalistas del directorio de la UAB “es claramente ilegal” y que los requisitos que se querían imponer al colectivo son “directamente tendentes a excluir dicho colectivo por razón de las opiniones o manifestaciones vertidas en las redes sociales o medios de comunicación”. Además señala que “la denegación de la inscripción basada solo en las opiniones manifestadas por el Colectivo recurrente vulnera su derecho a la libertad de expresión y a la libertad ideológica, y que la introducción de requisitos no exigidos por la normativa aplicable supone asimismo una clara vulneración del artículo 14 de la CE y más si con tales requisitos se pretende de hecho la rectificación de opiniones manifestadas por dicho colectivo”.

Imagen de grafitis, lazos amarillos y propaganda independentista en la UAB / TWITTER

Imagen de grafitis, lazos amarillos y propaganda independentista en la UAB / TWITTER

Imagen de grafitis, lazos amarillos y propaganda independentista en la UAB / TWITTER

Los estudiantes recurrentes, en el momento de presentación del recurso estaban integrados en Joves de SCC y en la actualidad han constituido la entidad constitucionalista S’ha Acabat!, que expresa su satisfacción porque "la justicia ampare los derechos de los estudiantes y condene a la UAB por el clarísimo atropello llevado a cabo por su equipo de gobierno". Los jóvenes constitucionalistas "venimos denunciando reiteradamente los posicionamientos de las instituciones públicas a favor del proceso independentista y su tolerancia y permisividad con las acciones violentas y coactivas de los colectivos independentistas y autodenominados falsamente como “antifascistas”.

"Sorprendentemente --añaden--, la UAB ha intentado acabar con la libertad de expresión de los constitucionalistas y no ha hecho nada para evitar perpetuar las situaciones de exclusión y acoso al constitucionalismo que se viven de forma especialmente hostil en el recinto universitario".