Lourdes Ciuró, consejera de Justicia, quiere exigir el nivel C1 de catalán a los profesionales de la justicia

Lourdes Ciuró, consejera de Justicia, quiere exigir el nivel C1 de catalán a los profesionales de la justicia

Política

La ley impide exigir el nivel C1 de catalán a jueces

La lengua catalana es un mérito, no un requisito, y elevar el B2 actual requiere de un nuevo convenio entre Govern y CGPJ; “menos cortinas de humo y más justicia de calidad”, dicen los funcionarios

30 junio, 2022 00:00

La Generalitat de Cataluña no puede exigir a jueces y fiscales el nivel C1 del catalán. Sencillamente, porque las leyes lo prohíben. Conocer este idioma es, actualmente, un mérito en los concursos de traslado, no un requisito. Y pasar del actual B2 a un C1 pasa por la renovación del convenio de la Generalitat con el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ). “Menos cortinas de humo y más recursos para una justicia de calidad”, reclaman los funcionarios tras el anuncio que hizo ayer la consejera de Justicia, Lourdes Ciuró.

La envolvente lingüística del Govern choca desde hace años con la administración de Justicia. El escaso uso del catalán en los juzgados es una de las asignaturas pendientes de la Generalitat, de ahí que ayer, en la sesión de control celebrada en el Pleno del Parlament, Ciuró anunciara que “exigiremos que los profesionales que actúan en Cataluña tengan que tener al menos el nivel C1. Y esto no es nuevo, en Valencia ya está concedido. Por tanto, en Cataluña era hasta ahora el B2, exigimos el C1, que es lo que tienen nuestros estudiantes cuando terminan la escolarización”.

Uso del catalán en las tramitaciones judiciales

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Evolución del catalán y el castellano en la Justicia

Evolución del catalán y el castellano en la Justicia

La consejera de Justicia justifica esa medida en el informe de política lingüística de 2019, según el cual, sólo el 11,4% de los documentos que se generan en los juzgados son en catalán. Por demarcaciones, destaca Girona, con un 38,4%, seguida de Lleida, con un 18,25%; las demarcaciones de Tarragona y Barcelona comarcas, con un 10,4% y un 10% respectivamente y, por último, Barcelona ciudad, con un 6,5 %. Asimismo, la presencia del catalán en las sentencias alcanzó en 2019 un 8,5%, y en las interlocutorias, un 10%.

Efectivamente, la Comunidad Valenciana ya pide ese nivel porque así lo ha pactado con el CGPJ. Pero el Govern no puede exigir ese conocimiento, porque el dominio de las lenguas cooficiales se considera un mérito a efectos de concursos para obtener plaza, no un requisito. Así lo contempla el Reglamento de la Carrera Judicial 2/2011, que adapta las sucesivas reformas que ha tenido la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ) en los años anteriores.

Lo que dice el reglamento judicial

Según el artículo 73 de esa norma, “los miembros de la Carrera Judicial que deseen alegar como mérito preferente en los concursos de traslado el conocimiento oral y escrito de alguno de los idiomas propios de las Comunidades Autónomas, solicitarán del Consejo General del Poder Judicial su reconocimiento a esos efectos”.

Con la solicitud “aportarán título o certificación oficial del conocimiento del idioma, expedido por el organismo correspondiente en cada Comunidad Autónoma. Mediante los correspondientes convenios con las comunidades autónomas podrá procederse a la determinación de los títulos oficialmente reconocidos a estos fines y al establecimiento, en su caso, de pruebas para acreditar la suficiencia del conocimiento del idioma”.

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, en el acto de apertura del curso académico de la Escuela Judicial / EFE

El presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), Carlos Lesmes, en el acto de apertura del curso académico de la Escuela Judicial / EFE

El convenio actual entre la Generalitat y el CGPJ data de 1999 y en el mismo se establece como mérito el nivel B2 de catalán a los jueces. Para elevar la exigencia al C1, “el gobierno catalán debe negociar un nuevo acuerdo con el Consejo a través de la Escuela Judicial”, según explican a Crónica Global fuentes del órgano de gobierno de los jueces.

Para que el catalán fuera requisito, se debería cambiar la ley española. Así lo advierten fuentes del Sindicato de Trabajadores de la Justicia (STAJ). “Si no se modifica la LOPJ, ni la consellera ni nadie puede poner como requisito el nivel C1 al personal transferido, pues carece de competencias orgánicas para tener sus propios reglamentos”.

Tampoco a los interinos

Ni siquiera se puede exigir ese nivel al personal interino en el que la Generalitat sí que tiene capacidad normativa para regular las bolsas de trabajo de Auxilio, Tramitación, Gestión y Médicos Forenses, ya que una sentencia judicial del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) rechazó que el catalán fuera requisito.

“El catalán sólo sirve de mérito, una vez se nombra al funcionario (el ingreso y selección es competencia exclusiva del Ministerio de Justicia y del CGPJ, en caso de jueces, para obtener un mejor destino”, añaden estas fuentes sindicales.

Consideran que la consejera Ciuró “debería de preocuparse de la calidad de la administración de justicia en el territorio, que tiene deficiencias a todos los niveles. Menos cortinas de humo y más recursos para una justicia de calidad y con personal necesario en la prestación del servicio”.