Informe de tres páginas de los servicios jurídicos de la Cámara / CG

Informe de tres páginas de los servicios jurídicos de la Cámara / CG

Política

Los letrados del Parlament rechazan la DUI

En un informe de tres páginas, los servicios jurídicos de la Cámara catalana rechazan la tramitación de las resoluciones propuestas por JxS y la CUP

27 octubre, 2017 14:32

Los letrados del Parlament han advertido en un informe de tres páginas, que puede leerse aquí, que no debe ser admitida a trámite la propuesta de resolución presentada por Junts pel Sí y la CUP, en la que se contempla la declaración unilateral de independencia (DUI) para construir la república catalana.

serveis juridics

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Informe de tres páginas de los servicios jurídicos de la Cámara

No es la primera vez que los servicios jurídicos de la Cámara catalana advierten de que no se pueden tramitar iniciativas relacionadas con la ruptura. Pero hoy han vuelto a hacerlo, pero su dictamen –firmado por el letrado mayor Antoni Bayona y el secretario general Xavier Muro– ha sido ignorado por las formaciones independentistas y por la Mesa del Parlament, que ha admitido el debate de la DUI.

Así, afirman que no pueden ser admitidas ese tipo de resoluciones, “como tampoco lo puede ser ningún texto transaccional que se pueda presentar, antes o durante el pleno, sobre estas propuestas de resolución, así como otros que signifiquen la aplicación, el desarrollo o la ejecución de las resoluciones del Parlamento y de las dos leyes que están afectadas por las sentencias del Tribunal Constitucional 259/2015, de 02 de diciembre, y de 17 de octubre de 2017, y por las demás resoluciones del Tribunal Constitucional que se mencionan en los escritos presentados en la Mesa los días 6 de septiembre y 4 de octubre de 2017”.

Añaden que “las propuestas de resolución presentadas conjuntamente por el grupo parlamentario de Juntos por Sí y del Grupo parlamentario de la Candidatura de Unidad Popular-Llamada Constituyente tienen una relación y conexión directa con las leyes del referéndum de autodeterminación y de transitoriedad jurídica y fundacional de la República, así como con las otras resoluciones del Parlamento que están afectadas por las sentencias, interlocutorias y acuerdos del Tribunal Constitucional”.