Uno de los 'muros humanos' que obstaculizó la labor policial durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 en Cataluña / EFE

Uno de los 'muros humanos' que obstaculizó la labor policial durante el referéndum ilegal del 1 de octubre de 2017 en Cataluña / EFE

Política

Imputados 13 policías nacionales y el joven que perdió un ojo por los enfrentamientos del 1-O

Un juzgado de Lleida absuelve a dos agentes por considerar que no hubo "un uso extralimitado de la fuerza" en las cargas para evitar el referéndum secesionista ilegal

19 septiembre, 2018 17:48

El juzgado de instrucción número 7 de Barcelona, que investiga las cargas policiales para evitar el 1-O en la ciudad, ha citado a declarar como imputados a Roger Español --el joven que perdió la visión de un ojo por una pelota de goma en un disturbio ante el colegio Ramon Llull el día del referéndum secesionista-- y a 13 policías nacionales que intervinieron en dicho centro.

Español es investigado tras constatarse en una grabación que lanzó una valla metálica contra los agentes de la Policía Nacional que intervinieron para impedir la consulta ilegal antes de recibir el impacto de la bola de goma. El joven presentó una querella en noviembre pasado contra el agente que le disparó la pelota de goma y dos mandos del cuerpo que presenciaron la actuación.

Más de una veintena de investigados

La imputación de esos 13 agentes eleva a más de una veintena el número de policías nacionales que están siendo investigados por las cargas en las escuelas de Barcelona que acogieron urnas del referéndum ilegal 1-O, que han derivado en más de 250 denuncias presentadas por heridos en los enfrentamientos.

Según el teniente de alcalde de Barcelona Jaume Asens, las cargas policiales del 1-O no obedecían a "la violencia aislada de un grupo de gente que actuaba por iniciativa propia, sino a una violencia masiva y seguramente planificada". Y ha emplazado al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, a facilitar la identificación de los agentes responsables de los heridos en las cargas de Barcelona, que ha dicho superan el centenar, tras advertir de que la actuación del ejecutivo en este caso "está siendo la misma que la del PP". El teniente de alcalde ha lamentado la "actitud pasiva" que está teniendo la Fiscalía en esta causa, que según él está avanzando sólo "gracias a las acusaciones populares ejercidas por las asociaciones y por el Ayuntamiento de Barcelona".

Absueltos dos policías por cargas en Lleida

Por otra parte, el titular del juzgado de instrucción número 1 de Lleida ha absuelto a un policía nacional que estaba acusado de un delito leve de lesiones por haber golpeado con su defensa a una mujer concentrada en la Escola d'Adults Joan Carles I el 1-O, al entender que actuó sin "extralimitarse" para crear un "espacio de seguridad" tras ser atacado.

El magistrado relata que el agente recibió un golpe en la cabeza con una mochila que alguien le había lanzado, tras lo que utilizó su defensa policial reglamentaria para crear un "espacio de seguridad a su alrededor", moviéndola varias veces. En esa maniobra, el agente golpeó en el maxilar a la manifestante, a la que provocó un hematoma y una inflamación, porque la mujer se encontraba agachada, sin que su "intencionalidad" fuera darle en la cabeza.

"Cumplimiento del deber"

El juez subraya que en el caso del policía debe aplicarse la eximente de "cumplimiento del deber", puesto que estaba "desempeñando las funciones propias de su cargo", en concreto cumpliendo con la orden del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) de impedir el referéndum independentista ilegal.

La sentencia también tiene en cuenta "la situación circunstancial en que se produjeron los hechos, no tratándose de una situación pacífica, sino enmarcada en un momento de tensión social, donde una multitud de ciudadanos tenía intención de evitar la actuación policial y su entrada en el referido colegio, debiendo hacer uso los agentes de la fuerza mínima indispensable para despejar la entrada al edificio". Para el juez, en los hechos no se aprecia "un uso extralimitado de la fuerza" por parte del policía, cuyo único propósito era "crear un espacio de seguridad para evitar cualquier otra agresión que pudiere sufrir", lo que, añade el magistrado, le llevó incluso a golpear accidentalmente a un compañero suyo que "acudió a socorrerle y le apartó del lugar".

No hay uso extralimitado de la fuerza

En otra sentencia, el mismo juzgado ha absuelto a otro agente de la policía local que había sido denunciado por propinar un golpe con la defensa reglamentaria en la rodilla a una persona que estaba concentrada a las puertas del instituto La Caparrella de Lleida. En este caso, el juez aplica también al agente la eximente de cumplimiento del deber, dado que a su parecer tenía la obligación de "facilitar y asegurar la entrada de los efectivos policiales que debían requisar las urnas o elementos existentes para la celebración del referéndum", en aplicación de la orden del TSJC.

En opinión del juez, el policía golpeó al manifestante para evitar que volviera a concentrase a la puerta de la escuela, una vez había sido apartado de la misma por los agentes, con el fin de "proteger la integridad de los demás efectivos que se hallaban delante". El magistrado descarta que el agente se "extralimitara" en el uso de la fuerza o la violencia, "tratándose en cualquier caso de una actuación muy rápida y que provocó una mínima lesión al denunciante". La sentencia desestima la petición de la acusación ejercida por la Abogacía del Estado para que se investigue por denuncia falsa y desórdenes públicos al denunciante, aunque acepta remitir el caso a la Subdelegación del Gobierno en Lleida, como propone la Fiscalía, "por si la actuación del denunciante fuere constitutiva de infracción conforme a la Ley de Seguridad Ciudadana".