La sección 7 de la Audiencia de Barcelona ha condenado a un año y medio de prisión a un hombre por atentado a agentes de la autoridad el 18 de diciembre de 2019, durante el despliegue policial por el partido de fútbol entre el FC Barcelona y el Real Madrid en el marco de las protestas secesionistas de Tsunami Democràtic. En la sentencia, la magistrada obliga también al condenado a pagar una multa de 270 euros e indemnizar al agente con 500 euros.
La titular de la sección 7, sin embargo, le absuelve del delito de desórdenes públicos que se le acusaba inicialmente, ya que ninguna prueba ha acreditado que el acusado haya participado de alguna manera "en las algaradas que pudieran haberse producido ese día en los alrededores del Camp Nou ni en la quema de contenedores u otro mobiliario público ni en las barricadas".
Lanzamiento de objetos
La magistrada ha declarado probado que ese día, sobre las 22:00 horas, el acusado se encontraba en la confluencia de las calles Travessera de Les Corts con Arístides Mallol de Barcelona, donde se desplegó el dispositivo policial para la disputa del partido de fútbol, evento que había sido aprovechado por la plataforma Tsunami Democràtic para convocar manifestaciones contra la sentencia del procés secesionista cerca del Camp Nou.
Una vez finalizado el partido, en la confluencia de aquellas calles había personas sentadas en la calzada que impedían el avance de dos furgonetas de la Brigada Móvil (Brimo) de los Mossos, y los agentes tuvieron que bajarse del vehículo para poder abrirse camino, momento en el que un grupo "empezó a increpar a los agentes y a tirarles objetos".
"Menosprecio al principio de autoridad"
En ese momento, "con evidente menosprecio al principio de autoridad", la magistrada ha explicado que el acusado lanzó un objeto de plástico hacia los agentes, aunque no llegó a impactarles y, seguidamente, se abalanzó sobre uno de ellos y le propinó una fuerte patada en la zona lumbar, y otro agente que intentó impedirlo también recibió una patada por parte del acusado.
Dos agentes que habían presenciado los hechos, siguieron al acusado y procedieron a su detención sobre las 23:00 horas, "encontrándole en el bolsillo de su cazadora una piedra roja tipo ladrillo".
Así pues, la magistrada ha concluido que la acción del acusado "implica voluntad y conciencia de menospreciar y obstaculizar la actuación de los agentes de la autoridad cuando era evidente que se encontraban en el ejercicio de sus funciones".