Pablo Llarena, en una imagen e archivo/ EFE

Pablo Llarena, en una imagen e archivo/ EFE

Política

El juez Llarena rebate la recusación que pide Puigdemont

El magistrado replica en un informe las acusaciones del expresidente y los 'exconsellers' de la Generalitat fugados sobre su supuesta falta de imparcialidad

10 enero, 2022 16:53

El juez del Tribunal Supremo (TS) Pablo Llarena ha presentado un informe en el que rechaza su recusación como instructor de la causa del procés secesionista después de que ésta fuera pedida por, entre otros, el expresidente de la Generalitat fugado Carles Puigdemont, aduciendo que el magistrado recibió un premio de la Fundación Villacisneros. Algo que Llarena rebate poniendo como ejemplo que la Guardia Urbana de Barcelona también le premió siendo teniente de alcalde el convergente Joaquim Forn --del mismo partido que Puigdemont--, y que eso no comprometió su imparcialidad.

Llarena ha presentado su informe en respuesta al incidente de recusación formulado por Puigdemont y los exconsellers Antoni Comín, Lluís Puig y Clara Ponsatí, por haber aceptado un premio de la Fundación Villacisneros que, según los políticos fugados, "ha reclamado el encarcelamiento" del expresident "por los hechos por los que se le persigue políticamente en esta causa penal".

Premiado siendo Trias alcalde con CiU

En opinión de estos cuatro exmandatarios secesionistas fugados de la justicia, la Fundación Villacisneros "es una organización nacionalista española" que "defiende íntegramente el ideario de la extrema derecha" y "que ha venido reclamando, incluso desde antes de que se iniciara esta causa penal, el encarcelamiento de Puigdemont" llegando a jalear el grito "¡Puigdemont, a prisión!".

Pero Llarena recuerda que también ha recibido premios de otras instituciones, como la medalla al mérito de la Guardia Urbana de Barcelona, que le entregó en 2011 el entonces alcalde Xavier Trias (CiU), año en que Puigdemont era alcalde de Girona con ese mismo partido, y siendo Forn primer teniente de alcalde de Barcelona.

El juez destaca que ese reconocimiento del equipo municipal no comprometió la confianza en la neutralidad judicial para las acusaciones, pese a que en la causa se dictaron decisiones que les fueron adversas, como tampoco la distinción de Villacisneros.

Los prófugos cuestionan su imparcialidad

La defensa de Puigdemont subraya, además, que "las manifestaciones públicas de destacados directivos de la Fundación ponen de manifiesto que la aceptación del denominado Premio Villacisneros ha supuesto la definitiva pérdida de la imparcialidad de Llarena".

Sin embargo, el juez recoge varias de sus decisiones en las que se desmonta que se haya producido la persecución personal, injustificada y arbitraria sugerida en el escrito de recusación.

Decisiones favorables a las defensas

Destaca decisiones favorables a las defensas y en contra de las acusaciones, como la de poner en libertad a los miembros de la Mesa del Parlament tras tomarles la primera declaración como instructor; la de poner en libertad a varios de los integrantes del gobierno de la Generalitat el 1 de octubre de 2017 y la de no apreciar indicios racionales de criminalidad contra Artur Mas, Marta Pascal o Neus Lloveras.

También el hecho de que a varios de los investigados no se les atribuyera responsabilidad en el delito de rebelión o de sedición inicialmente atribuido por la acusación, o ni siquiera en el delito de malversación.

"Ninguna animosidad"

Respecto a la persecución personal que sugieren, el informe contesta que "no es tal y ninguna animosidad puede apreciarse en la labor jurisdiccional de este instructor". Y deja claro que solo la huida de los líderes independentistas "impide que la Sala de enjuiciamiento pueda pronunciarse a favor del sobreseimiento de la causa que reclaman las defensas o a favor de la apertura del juicio oral que, eventualmente, puedan solicitar las acusaciones. Nada puede decidir este instructor al respecto".

De ese modo, el juez indica que la persecución que se aduce hace referencia a una obligada actuación procesal pues según la ley de enjuiciamiento criminal el "instructor acordará la búsqueda de los procesados en rebeldía hasta que sean hallados y queden a disposición del proceso a fin de que pueda culminarse la fase de investigación”.