Cuatro de los empresarios acusados en el caso Pujol --Luis Delso Heras, Gustavo Buesa Ibáñez, Carlos Sumarroca Claverol y Alejandro Guerrero Kandler-- han presentado alegaciones contra el escrito de acusación de la fiscalía, a la que exigen aclarar diversas imputaciones antes de iniciar el juicio oral por considerar que son erróneas y que les generan indefensión.
Delso (expresidente de Isolux Corsán), Buesa, Sumarroca y Guerrero (Famguega) aseguran que las acusaciones de blanqueo de capitales y de falsificación de documento mercantil --relacionadas con operaciones de Jordi Pujol Ferrusola y por el que les piden entre dos y tres años de cárcel a cada uno-- se basan en premisas no veraces. Concretamente, argumentan que no ha quedado acreditado el delito previo al blanqueo de capitales, por lo que entienden que dicha cuestión debería depurarse antes de avanzar con el proceso, para no vulnerar su derechos fundamentales.
Adjudicaciones no objeto del proceso
El escrito de la fiscalía apela a la "red de clientelismo" de Jordi Pujol Soley gracias a la que el expresidente de la Generalitat "y determinados empresarios afines a CDC se repartían los sobresalientes beneficios de concursos públicos cuya resolución dependía de las diferentes administraciones catalanas bajo el control de CDC". Estos empresarios habrían conseguido, según el ministerio público, adjudicaciones millonarias y, posteriormente, habrían contratado servicios simulados a Jordi Pujol Ferrusola para vehicular las correspondientes comisiones --también millonarias-- por lograr los citados contratos.
Sin embargo, los citados empresarios argumentan que le tribunal ya excluyó de la causa la investigación de supuestas irregularidades en la contratación pública. Por tanto, no queda acreditado el deito antecedente del blanqueo investigado "y su inclusión en el escrito de calificación del ministerio público provoca serias inferencias presuntivas contra reo en sede de plenario", además de que "introduce un hecho nuevo en el plenario del que las defensas no han tenido posibilidad de ser oídas en la instrucción".
"¿De qué debemos defendernos?"
Los acusados insisten en que "el delito previo del blanqueo es un hecho que debe ser concretado en la instrucción. Y lo que está claro es que irregularidades en la adjudicación de obra pública no pueden ser ese hecho porque el juzgado de instrucción, con el apoyo absoluto de la fiscalía, lo desestimó, afirmando no ser extraño que estas empresas fueran adjudicataria de obra pública y excluyendo como posible delito previo la eventual irregularidad en las adjudicaciones, hecho sobre el que se denegó prueba a la defensa".
Además, aseguran que la fiscalía ha incurrido en diversas "incongruencias", como la falta de justificación de las multas millonarias que solicita. "La cifra en cuestión aparece por vez primera en la conclusión quinta del escrito de acusación, sin que tenga correlato, ni obvio ni implícito, en ningún pasaje del relato de hechos de la conclusión primera. Francamente, nos resulta imposible vislumbrar cuál sea el origen de esa cifra", alegan. Y claman a modo de conclusión respecto a las acusaciones de la fiscalía: "Necesitamos saber de qué debemos defendernos y, sobre todo, el porqué".