El presidente del Parlament, Roger Torrent, asistido por el secretario general de la Cámara, Xavier Muro / EUROPA PRESS

El presidente del Parlament, Roger Torrent, asistido por el secretario general de la Cámara, Xavier Muro / EUROPA PRESS

Política

Torra pone a los juristas de la Generalitat contra los letrados del Parlament

El informe del Govern sobre las consecuencias de la inhabilitación se centra en las competencias de Aragonès y relativiza los plazos electorales, mientras que el de la Cámara neutraliza el bloqueo

29 septiembre, 2020 00:00

Dos informes sobre una misma situación, pero con objetivos muy diferentes. La Generalitat y el Parlament han encargado a sus respectivos servicios jurídicos el análisis de las consecuencias de la inhabilitación de Quim Torra, que ayer fue confirmada por el Tribunal Supremo. Pero mientras el Govern se centra en las competencias que, a partir de ahora, tendrá Pere Aragonès como presidente en funciones y flexibiliza los plazos para que el reloj electoral comience a correr –Junts per Catalunya no tiene prisa por celebrar los comicios--, la Cámara catalana explora todas las vías posibles para acortar el tiempo y minimizar el bloqueo institucional.

“El informe del Govern, hecho a la medida de los intereses de los neoconvergentes, contiene trampas al solitario. Supuestamente se centra en las atribuciones del Govern como sustituto interno, pero, en realidad, en el Palau se es consciente de que el margen es muy escaso. La idea es dejar claro qué puede o no puede hacer Aragonès. Lo de agilizar las elecciones queda en un lugar secundario”, explican fuentes jurídicas conocedoras de la situación que el adiós de Torra, forzado por la condena firme del Tribunal Supremo, deja en el Palau.

"Evitar un período de incertidumbre y bloqueo"

Las mismas fuentes aseguran que el informe firmado por el letrado mayor del Parlamento, Joan Ridao, y el secretario, Xavier Muro, “es más serio y extenso”. Contempla, tal como avanzó este medio, "que si el presidente del Parlament considerara que no hay ningún candidato en condiciones reales de obtener el apoyo para resultar investido, debería materializar sin demora un 'acto equivalente' a la investidura para evitar entrar en un período de incertidumbre y bloqueo institucional, incongruente con el sistema parlamentario de gobierno y con el parlamentarismo racionalizado, evitando la permanencia de un Gobierno limitado en sus funciones y del Parlamento en su capacidad de control y, por tanto, del derecho de participación de los diputados y de sus electores".

Sin embargo, hay expertos que cuestionan el informe de Ridao, pues “parece que está dando pie a saltarse la obligación de promover una candidatura a la presidencia de la Generalitat”. Recuerdan que el artículo 4.2 de la Ley de la Presidencia de la Generalitat y del Govern establece que dentro de los diez días siguientes a la inhabilitación, el presidente del Parlament, una vez consultados los representantes de los partidos y grupos políticos con representación parlamentaria, propondrá al pleno un candidato o candidata a la presidencia de la Generalitat. “Y punto. Pero por el informe del letrado mayor del Parlament parece que le permite hacer lo que le dé la gana a Roger Torrent. Y se estaría privando a los diputados de un derecho básico”, precisa un jurista, para quien "no deja de ser curioso que Ridao se base en un dictamen del Consejo de Estado para apoyar sus tesis".

El 'tamayazo'

Se refiere a la resolución que, en 2003, hizo el Consejo de Estado sobre el tamayazo que tuvo lugar en la Asamblea de Madrid. Tras la investidura fallida de Rafael Simancas debido al transfuguismo de dos diputados socialistas, esta institución entendió que la comunicación formal del presidente de la Cámara regional sobre la ausencia de un candidato sustituía la votación y, por tanto, se convocaron elecciones.

Por el contrario, el informe jurídico de la Generalitat señala que Torrent no está obligado a convocar este pleno justo al terminar el plazo de diez días, sino que podría tener margen.