Si difícil es sobrevivir a la falta de ingresos, defender judicialmente las ayudas públicas a las que se tiene derecho resulta casi imposible. Sin embargo, gracias al asesoramiento del Colectivo Ronda, quienes sufren el caos de la gestión de la Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC) acudirán finalmente a los tribunales, después de tres años de desatención y desinformación.
Se trata de una ayuda que concede la Generalitat a personas en situación de pobreza extrema y que será compatible con el Ingreso Mínimo Vital (IMV), impulsado por el Gobierno y que acaba de entrar en vigor. Ante el temor de que esa retribución del Gobierno español sirva de excusa al Govern para mantener las listas de espera o endurecer los criterios de adjudicación, este colectivo ha adoptado una serie de iniciativas. Actualmente, sólo una de cada cuatro personas en situación de pobreza severa están cubiertas con la prestación de la RGC y complemento de RGC.
Dos demandas colectivas
La Comisión Promotora de la RGC ha decidido iniciar el proceso de dos demandas colectivas ante la jurisdicción contencioso-administrativa, una contra el reglamento que desarrolla la ley de la RGC, que fue aprobado con tres años de retraso, y otra contra el incumplimiento de la resolución de la Comisión de Garantía del Derecho al acceso a la información (GAIP) de la Generalitat. La GAIP dio la razón a la Comisión en su diversas peticiones de transparencia y de información sobre la tramitación de la Renta.
"Las reiteradas denuncias de la Comisión Promotora sobre las denegaciones masivas e injustificadas (alrededor del 80%) de las solicitudes de la prestación de RGC, la suspensión y extinción abusiva de miles de prestaciones de RGC (excepto las que son resultado de encontrar empleo), los miles de recursos de alzada presentados, las numerosas demandas ante los tribunales, etc. A todo ello hay que añadir, la opacidad en la gestión del Departamento de Trabajo que incumple la resolución de la GAIP no 114/2019 sobre información pública”, explican desde la Comisión.
Reglamento restrictivo
Por ello, el pasado día 10, los responsables de la Comisión se reunieron con los abogados del Colectivo Ronda con la finalidad de impulsar los procesos judiciales. Respecto al reglamento, esta plataforma presentó alegaciones contra el borrador al entender que es restrictivo y afecta al acceso y mantenimiento de la prestación en personas vulnerables.
Asimismo, en el actual despliegue de la prestación no se está respetando el silencio administrativo --en caso de no responder a una solicitud, hay que pagarla--, de ahí que, finalmente, se haya decidido presentar una demanda contra el reglamento aprobado.
En la citada reunión también se abordó la necesidad de analizar la compatibilidad del IMV y la RGC. El abogado y profesor de Derecho de la Universitat Pompeu Fabra, Sixte Garganté, quien asesora a la Comisión, valora positivamente la automaticidad en el cobro del IMV, aunque desde la perspectiva de su compatibilidad con la RGC, avisa de que “se puede generar algunas dudas y algunos problemas de encaje, porque en Cataluña pasarán a cobrar el IMV familias que ahora están cobrando la RGC, las que ahora ya cobran la prestación económica por hijos a cargo”.
Ingreso mínimo y Renta Garantizada, compatibles
Por ello, la plataforma ha elaborado una serie de instrucciones bajo la premisa de que las personas o familias que en Cataluña perciban el Ingreso Mínimo pueden solicitar también la prestación de la Renta Garantizada, ya que “son compatibles y complementarias”.
Así, si una persona percibe 461 euros al mes por el Ingreso Mínimo, también tiene derecho a la diferencia con la cuantía de 664 euros al mes de la RGC, es decir, un complemento de 203 euros al mes.
En el caso de la unidad familiar de cinco personas, dos adultos y tres menores, el complemento de la RGC es la diferencia entre 1.015 euros al mes del IMV y la prestación máxima de 1.208 euros al mes de la RGC, es decir 193 euros al mes.
La solicitud del Ingreso Mínimo Vital debe realizarse a través de la Seguridad Social, y la RGC a través de las oficinas del SOC o de Bienestar Social de Cataluña.