Adela Ribas, Esteban Beltran y Daniel Joloy (Amnistía Internacional) / EP

Adela Ribas, Esteban Beltran y Daniel Joloy (Amnistía Internacional) / EP

Política

Amnistía Internacional solo exige la libertad de Sánchez y Cuixart

El organismo critica la interpretación "amplia y peligrosa" que el Tribunal Supremo hace del delito de sedición

19 noviembre, 2019 11:44

Amnistía Internacional (AI) ha exigido la puesta en libertad de Jordi Sànchez y Jordi Cuixart, no así para los exmiembros del Govern también condenados. El organismo considera que la sentencia del Tribunal Supremo sobre el 1-O ha hecho una "interpretación excesivamente amplia y peligrosa" del delito de sedición, que considera que está definido de forma vaga en el Código Penal.

Amnistía Internacional exige la libertad de Sánchez y Cuixart / CG

La organización pro derechos humanos critica que, aunque la finalidad de los líderes de la ANC y Òmnium Cultural, en relación al 20S, "fuese intentar impedir una operación policial lícita, presentar cargos excesivamente severos por actos de desobediencia civil es una vulneración de sus derechos". Así, en su valoración del fallo, que han presentado este martes, defienden que "la pena no es proporcional con los hechos que se les imputan" y subrayan que "tenían derecho a organizar reuniones pacíficas". 

Revisión de la condena

Por este motivo, desde Amnistía no solo reclaman la inmediata liberación de los dos independentistas condenados sino la revisión de la pena. Sobre el delito de sedición añaden: "El Código Penal solo requiere que se ejecute fuera de las vías penales y abre la puerta para una amplia gama de acciones pacíficas o no violentas de la desobediencia civil para expresar disidencia” y por ello consideran que “el tribunal ha fallado en demostrar que --este delito-- son medidas previsibles y proporcionales". 

"La falta de claridad en la legislación española del delito de sedición está permitiendo sanciones indebidas en el derecho de manifestación pacífica”, ha manifestado Daniel Joloy, asesor de la organización. Por ello instan a a revisar "con carácter urgente" su definición "para no restringir indebidamente la libertad de reunión pacífica o de expresión”.

Juicio justo

Desde la entidad también han admitido que en su análisis no han encontrado "ningún factor que indicara que el juicio en su conjunto fuera injusto", aunque remarcan que es evidente que la interpretación que hizo el Supremo del delito de sedición fue "excesivamente amplia y se tradujo en la criminalización de unos actos de protesta legítimos”.

"Aunque cabe que los dirigentes políticos catalanes hubieran cometido un delito perseguible legítimamente teniendo en cuenta los cargos que ocupaban, su condena por sedición vulnera el principio de legalidad internacional de derechos humanos", argumenta AI en el documento, respecto a las sentencias a los exmiembros del Govern y a la expresidenta del Parlament Carme Forcadell.