Esquerra ha abierto un boquete en el independentismo. Reclama ahora alguna suerte de Ley de Claridad, que pueda esclarecer cómo se podría realizar un referéndum de autodeterminación. Es lo que piden los Comuns e, incluso, lo que sostuvo al inicio del procés el PSC. Pero los más consecuentes no quieren saber nada de ello. Ni la ANC, que preside Elisenda Paluzie, ni el mundo de Carles Puigdemont ni la CUP. Y tampoco lo ven una buena idea los expertos consultados por Crónica Global, aunque con matices y algunas propuestas sugerentes, que defienden una idea central: todo lo que se pide ya lo recoge la Constitución española.
La Ley de Claridad nace tras el referéndum en Quebec en 1995 que, por muy poco, perdió el independentismo quebequés: a favor el 49,4%, y en contra el 50,5%, con una participación espectacular, el 93,5%. Pero, previamente, pasó otra cosa. El Gobierno de Canadá pidió al Tribunal Supremo que emitiera una opinión sobre si el Parlamento o el Gobierno del Quebec tenían, según la Constitución y el derecho internacional, el derecho a promover de forma unilateral la secesión de Quebec de Canadá. Esa opinión tuvo dos partes. En la primera se constataba que no había ningún derecho internacional que pudiera amparar esa secesión, y que la Constitución de Canadá tampoco la posibilitaba. Pero añadió que, con una pregunta clara, bajo determinadas condiciones, se podía abrir la puerta a un proceso de independencia dentro de la ley, siempre que, a partir de una negociación, se atendiera la reforma de la Constitución.
Reforma previa de la Constitución
Tras esa posición del Tribunal Supremo, el Gobierno federal aprobó la Ley de la Claridad, el 29 de junio de 2000, que no gustó nada al independentismo quebequés. La ley instaba a una negociación política entre la provincia quebequesa y el gobierno federal, y señalaba que no existe un derecho unilateral a la secesión, y que siempre se deberá atender, previamente, una modificación de la Constitución en la que deberán participar el conjunto de las provincias de Canadá.
El ensayista y diplomático Juan Claudio de Ramón, que trabajó profesionalmente en Canadá, señala lo que eso supuso, y aborda el problema en España: “La Ley de claridad fue una buena idea para Canadá, pero es una idea nefasta para España. Fue buena para Canadá porque no había nada en su ordenamiento jurídico que impidiera a los nacionalistas quebequeses convocar referendos cada poco tiempo. La situación era altamente inestable, y por eso se idea un mecanismo restrictivo de este ejercicio. Esto es fundamental, la Ley de claridad no nace para facilitar referendos, sino para dificultarlos. Por eso el soberanismo quebequés no la ha aceptado, por cierto”.
Bueno para Canadá, pero...
El profesor de Economía Aplicada en la UAB, Francesc Trillas, un federalista convencido, autor de Missió Federal, abunda en ese terreno: “La Ley de Claridad es un mecanismo que encaja con la realidad institucional e histórica del Canadá. Fue la fórmula, rechazada por el secesionismo quebequés, que encontró el federalismo canadiense para evitar que volvieran a producirse referéndums confusos y divisivos como los de 1980 y 1995. Desde que existe la Ley de Claridad, no ha habido más plebiscitos. Responde a la necesidad de claridad normativa necesaria para luchar contra la capacidad del secesionismo para sembrar la confusión”.
¿Es diferente en España? Eso es lo que el independentismo catalán no admite. La defensa de esa ley de Claridad, por parte del presidente del Parlament, Roger Torrent, en un foro en Madrid esta semana, no tuvo en cuenta la realidad española.
Grandes acuerdos
Trillas lo apunta: “En España ya existe un marco legal perfectamente claro que impide los referéndums de secesión. La Constitución los impide, y para que algún día se pudieran celebrar habría que reformar la Constitución por el procedimiento agravado, lo que requiere una mayoría de 2/3 en dos parlamentos consecutivos, y la ratificación final en referéndum. Una Ley de Claridad parecida a la del Canadá requeriría en España una reforma de la Constitución fruto de un gran acuerdo. Esta es la legislación de claridad vigente en España: la Constitución, aprobada por una gran mayoría de españoles y catalanes. No es un marco normativo de ‘facilidad’, pero sí de claridad, muy parecido en este sentido al de las grandes democracias europeas”.
De Ramón remacha la idea: “¿Qué hace la Ley Claridad? Establecer el largo y prolijo recorrido de la ruptura pactada, concebida ésta como una mera posibilidad, ni siquiera como un derecho. Pero es que eso ya lo tenemos los españoles. Nuestra ley de claridad es la Constitución, que también establece sus mecanismos de reforma sin hacer de la unidad territorial un límite, como sí hace por ejemplo la francesa”.
Una oportunidad "interna"
Esquerra considera, sin embargo, que esa ley de Claridad supondría un cambio político de envergadura. Lo que pretende la dirección de los republicanos es superar la etapa de bloqueo, pero necesita un gesto político del Gobierno, algo que explicite que existe un problema político y que se necesitará alguna salida si el independentismo obtiene mayorías amplias en los próximos años. En eso difiere el partido de Oriol Junqueras con el mundo de Puigdemont, y de Quim Torra, que sigue jugando con una posible apuesta unilateral. Pero la respuesta del Gobierno, a través del ministro de Exteriores, Josep Borrell, ha sido tajante: “No sabemos cómo decir que la Constitución no lo permite”, señaló.
Sobre esa circunstancia se expresa Ignacio Molina, analista del Real Instituto Elcano. “Que el Parlament apruebe una resolución, quizás con el voto a favor de ERC, Comunes y PSC y con la abstención de todos los demás, que dijera que, en tanto no se supere el mismo umbral necesario para una reforma del Estatut, --dos tercios--, ese Parlament se abstiene de promover cambios fundamentales de alcance constitucional”. Sería una especie de Ley de Claridad interna, que los socialistas defienden, aunque sin decirlo así, con un latiguillo: no se puede aprobar nada tan importante si no se alcanza la misma mayoría --dos tercios-- que se exige para reformar el Estatut.
Cualquier otra cosa, según Molina, no tiene ninguna posibilidad, al entender que el Congreso de Diputados no aceptará una secesión del Estado, ni un camino que lo facilite.
Los independentistas y su fiabilidad
Porque, ¿qué busca el independentismo ahora? ¿Una pista de aterrizaje a la espera de lo que ocurra con la sentencia del Tribunal Supremo? La interpretación la aporta el profesor de Ciencia Política de la Universidad de Málaga, Manuel Arias Maldonado: “La Ley de Claridad sería dar la victoria al independentismo porque supone otorgar a Cataluña de entrada la condición de sujeto soberano con ‘derecho a decidir’ si quiere o no autodeterminarse, cosa que no es compatible con la Constitución, ni parece políticamente recomendable. Es a fin de cuentas el camino hacia el referéndum, por muy matizado que esté. Es más, a la vista de un independentismo que se ha mostrado capaz de actuar unilateralmente y de saltarse las leyes, incluso las suyas, dudo que pudiera contarse con que las provisiones cualificadas que pudiera incluir una Ley de Claridad (en función de núcleos de mayoría no independentista) fuesen a ser respetadas por el nacionalismo”. Eso lleva a Maldonado a considerar que la Ley de Claridad no tendría un efecto disuasorio.
Entonces, ¿qué salida hay? Los expertos consultados entienden que el independentismo debe aplazar su programa de máximos.
Nunca un referéndum
De Ramón y Trillas recogen el reto. El ensayista, autor del libro Canadiana, un libro sobre sus experiencias en Canadá, se muestra convencido: “Es de una gran ingenuidad pensar que la Ley de Claridad sería un mecanismo disuasorio. Justo al revés, sería un acicate y un estímulo adicional para no sacar el tema de la agenda”.
Y añade: “Por lo demás, celebrar esa votación, incluso de manera pactada, sería un gravísimo error. Por razones de principio: no se somete la ciudadanía democrática a votación, no se puede preguntar a la gente a qué parte de la población quiere conservar como conciudadanos y cuáles quiere convertir en extranjeros. Si se vota algo que puede servir para que alguien pierda derechos, en este caso de ciudadanía, entonces la votación es antidemocrática. Pero también por razones prácticas: en un referéndum se ensalzan los sentimientos, y sería sin duda un trance muy desagradable que ahondaría todavía más en la discordia. Además, es probable que no solucionase nada. En suma, un trauma por el que ninguna sociedad debería pasar y una pésima idea que hay que sacar de circulación”.
Constitución y federalismo, nada más
Francesc Trillas, con su defensa de un proyecto federal de España, recuerda el Brexit: “Con la experiencia del Brexit, todas las prevenciones teóricas anteriores sobre los referéndums de secesión, que algunos sosteníamos, se han confirmado: no sirven para resolver este tipo de problemas Yo creo que la solución del caso catalán pasa por los grandes acuerdos, respetando las reglas, para introducir reformas federalizantes en España y Europa por grandes mayorías. Los independentistas deberían relegar su programa máximo al largo plazo, como la izquierda ha hecho con la sociedad sin clases, abandonando hace ya bastantes décadas la vía revolucionaria”.
El ejemplo de Canadá, entonces, ¿sirve o no es para tanto? Trillas concluye: “En Canadá la Ley de Claridad ha sido disuasoria. En España, lo que necesitamos es mejorar nuestra ya existente legislación de claridad para que facilite los grandes acuerdos federalizantes en un contexto de una Europa más fuerte a la que ya hemos cedido soberanía y le queremos ceder más. España está en el espacio Schengen y en la zona euro, en el núcleo más avanzado de la integración europea. No tiene nada que ver con Canadá. Lo que hay que aprender de Canadá son los principios de buena organización federal y multilingüismo, y de los autores de la Ley de Claridad lo que hay que aprender es la firmeza elegante con la que hicieron frente exitosamente al secesionismo”.