El Tribunal Supremo ha desestimado este miércoles devolver la fianza por valor de 50.000 euros impuesta en noviembre de 2017 a Santi Vila para eludir la prisión provisional.
En su auto, el tribunal señala que no cabe la devolución de la fianza, porque "no se ha modificado la situación de riesgo de sustracción a la acción de la justicia por el hecho de que el solicitante se limite a cumplir lo que no es sino expresión de una carga procesal". Y es que el exconseller de Empresa alegaba en su recurso que los gastos derivados de su asistencia en las sesiones del juicio oral "provocaban una situación económica de extrema necesidad".
Efectos en su patrimonio
La Sala también destaca que la alegación de una determinada situación económica no justifica devolver la fianza, ya que "el factor decisivo para determinar su calidad y cantidad es el mayor o menor interés para ponerse fuera de alcance de la autoridad judicial y no los efectos que la fianza prestada puedan causar en su patrimonio".
Santi Vila permaneció una noche en prisión provisional y, posteriormente, pagó una fianza de 50.000 euros para su puesta en libertad hasta que el Supremo dicte sentencia sobre su implicación en el procés.