Los magistrados de la Sala Tercera del Tribunal Supremo se reunirán este domingo a las 12 del mediodía para decidir si permiten a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí concurrir a las elecciones europeas del próximo 26 de mayo.
Deberán analizar la resolución de la Junta Electoral Central (JEC) del lunes pasado, cuando respondió de forma positiva a una reclamación de PP y Cs con un voto particular discrepante incluido. Al final, la mayoría de este organismo decidió que la lista de Lliures per Europa, la marca de JxCat en los comicios, no podría incluir el nombre de los tres políticos huidos de la justicia porque no constaban en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) a pesar de que era “notorio” que “desde hace dos años están fuera del territorio nacional”.
JEC y Fiscalía
Apostilló que su presencia en las europeas suponía una “burla” a la legislación española por querer concurrir a las europeas a pesar de su condición de fugados. El presiente de la JEC, Segundo Menéndez, el vicepresidente y dos vocales emitieron un voto particular en el que declinaban apearles de los comicios. Este grupo apostó por una interpretación más favorable del ordenamiento jurídico en el que primara su derecho a la participación.
Puigdemont, mostrando una carta con el denominado "sello de la república catalana" / @ConsellxRep
La Fiscalía también falló en este sentido. En un escrito publicado este viernes, el Ministerio Público aseguró que la condición de fugados de Puigdemont, Comín y Ponsatí no alteraba su derecho fundamental de “sufragio pasivo”. Señaló que no existe una condena en firma que se lo negara, por lo que se debía respetar.
Con todo, rechazó de forma vehemente la otra consideración que hizo la defensa de los independentistas. Negó que las críticas que le brindaban al sistema judicial español, que tildaba de poco fiable.
Inhibición del contencioso
El Tribunal Supremo tiene la última palabra sobre el futuro electoral de Puigdemont, Comín y Ponsatí tras la inhibición de tres salas de la partida de lo Contencioso-Administrativo de Madrid. La número 2, 9 y 21 rechazaron este sábado al mediodía pronunciarse sobre la polémica.
Los jueces alegaron que como la defensa también había recurrido ante el Alto Tribunal, se debía primar el “criterio unificado” de los magistrados. También explicó que se debía evitar en todo lo posible que existieran “sentencias contradictorias”.