El presidente del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña, Antoni Gómez, defiende la auditorías externas en las administraciones / LENA PRIETO

El presidente del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña, Antoni Gómez, defiende la auditorías externas en las administraciones / LENA PRIETO

Política

Los ayuntamientos catalanes pasan de auditar sus cuentas

El presidente del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña, Antoni Gómez, cree paradójico que las empresas estén obligadas a presentar esta información contable y las administraciones no

1 abril, 2019 00:00

Más de 50.000 empresas españolas, por su facturación y número de empleados, están obligadas a auditar sus cuentas. No así las administraciones públicas. Un contrasentido que Antoni Gómez, presidente del Colegio de Censores Jurados de Cuentas de Cataluña, denuncia en una entrevista en Crónica Global.

Representa a uno de los pocos colectivos profesionales que están obligados por ley a someterse a una formación permanente y demostrar 5.100 horas de práctica profesional con un auditor acreditado tras cursar una carrera universitaria. Este alto nivel de exigencia no evita que los errores cometidos tengan una gran repercusión mediática. En 2017, de las 60.000 auditorías realizadas, solo 59 expedientes fueron sancionadores.

Gómez asegura que cada vez hay más empresas que encargan una auditoría para demostrar su buenas prácticas en la gestión de personas, la equidad de género, su conciencia ética y medioambiental y su compromiso en la lucha contra la corrupción.

Pregunta: Recientemente se han introducido cambios en la elaboración de las auditorías. ¿En qué consisten?

Respuesta: Ha habido un cambio de formato en el informe de auditoria para que sea más comprensible. Hasta ahora la opinión del auditor figuraba al final y ahora es la primera manifestación del informe. Estamos sometidos a unas normas internacionales emitidas por International Federation of Accountants (IFAC), que luego fue adoptada por la UE y posteriormente, los países las incorporan con sus características propias.

P: ¿Supone una mejora?

R: Mejora la capacidad de información del auditor. Lo normal es que se encuentren incorrecciones, se exponen a la empresa y ésta suele corregirlas para expresar la imagen fiel de la situación. Hasta ahora, el informe solo era una página y media. IFAC revisó el estándar internacional de informes.

Ahora se añade la redacción y la comunicación a las comisiones de auditoría de cada entidad, si la tiene. Es más complejo, pero no significa que esa verificación no se hiciera, ahora hay que redactarla.

Antoni Gómez durante la entrevista en la redacción del Crónica Global

Antoni Gómez durante la entrevista en la redacción del Crónica Global

Antoni Gómez durante la entrevista en la redacción del Crónica Global

P: Sus informes deberían ser vinculantes?

R: La contabilidad es una cuestión muy compleja. La mayoría de casos no son de intento de ocultación, sino de interpretación. Puede haber criterios diferentes y que la empresa intente, legalmente, quedar bien parada. Puede haber interpretación respecto a si un fondo de comercio debe depreciarse o no, lo cual es muy subjetivo. Dependerá de la capacidad de esa unidad de negocio de generar beneficios. O la empresa puede tener existencias en su almacén que considera que podrán venderse, mientras que el auditor puede pensar que no se venderá. Eso puede dar lugar a ajustes. La responsabilidad de la formulación de las cuentas es de los administradores de la empresa. Si la discrepancia es irresoluble, el auditor deja constancia en su informe.

P: ¿Colaboran las empresas y las administraciones públicas con el auditor?

R: Las empresas tienen obligación de colaborar. Hay situaciones de todo tipo. A veces la auditoría es forzada por socios minoritarios si disponen de más de un 5%. Cuando hay enfrentamiento de socios, la colaboración con esa auditoría “forzada” no es la mejor del mundo. Las empresas tienen que facilitar la información al auditor porque si no, sus cuentas no son depositadas en el Registro Mercantil y puede provocar un cierre del registro. El caso de la Administración Pública es diferente porque no tiene obligación de hacerlo, tiene unos interventores que analizan las operaciones y la responsabilidad de elaborar su contabilidad.

P: Eso es muy chocante…

R: Los auditores comentamos que no deja de ser paradójico que el sector privado, que en el fondo responde a los intereses de los inversores que han puesto dinero en la compañía y de terceros --proveedores, trabajadores, sociedad en general…--, pero que están en un mercado libre y abierto, tengan obligación de auditar, y en cambio en la Administración no sea así. Por ley, la obligatoriedad de esas auditorías están encomendadas a los OCEX (Órganos de Control Externo Autonómicos), como el Tribunal de Cuentas o la Sindicatura de Cuentas en Cataluña. Pero es cierto que el enfoque es diferente, los OCEX verifican muy pocos ayuntamientos. Bastante tienen con la Administración central, en el caso del Tribunal de Cuentas, o las cuentas de la Generalitat, en el caso de la Sindicatura. La inmensa mayoría de los ayuntamientos no son revisados por ningún organismo externo.

P: ¿Qué dicen los auditores a eso?

R: Como sector consideramos que, con más razón que la empresa privada, las cuentas de las administraciones públicas deberían someterse a una auditoría externa, al menos los ayuntamientos grandes, a partir de 5.000 habitantes. Sus cuentas deberían ser públicas y además auditadas de forma sistemática, no cada dos o tres años, como hace el Tribunal de Cuentas o la Sindicatura, por unos auditores externos. He de decir que el Ayuntamiento de Barcelona es de los poquísimos que audita sus cuentas, y las de sus consorcios y de todo su entorno.

P: ¿Se debería cambiar la ley en ese sentido?

R: Reconocemos que se ha dado un primer paso porque en una regulación reciente se ha establecido que los interventores son responsables del control interno y, por tanto, de las medidas organizativas internas de las administraciones públicas. Y se contempla que, como no tienen recursos suficientes, puedan contratar a auditores externos. Aplaudimos ese paso importante. Pero seguimos pidiendo que se avance más en pro de la transparencia de las cuentas públicas que sean sometidas a auditorías anuales y que éstas se publiquen en los portales de transparencia de las administraciones.

Antoni Gómez durante la entrevista en la redacción del Crónica Global

Antoni Gómez durante la entrevista en la redacción del Crónica Global

Antoni Gómez en Crónica Global

P: ¿Cuántas auditorías se hacen al año?

R: Unas 60.000, de los cuales el 30% son voluntarias. Estamos ante empresas y entidades que, a pesar de no tener obligación, someten sus auditorías de forma regular. Decimos entidades porque siempre se piensa en las empresas y determinadas fundaciones que tienen obligación de ser auditadas. En cambio, en el ámbito privado se dan casos de peticiones voluntarias porque buscan la máxima transparencia ante terceros. En otros casos se produce porque eso facilita la concesión de créditos o ampliación de capital. Eso en lo que respecta al ámbito financiero. Pero hay una norma que obliga a las empresas de más de 500 trabajadores a facilitar información no financiera con el mismo nivel de seriedad y responsabilidad para los administradores en caso de incorrecciones que la información financiera. Se refiere a temas como la gestión de personas, equidad de género, medio ambiente, ética y lucha contra la corrupción y el soborno. Esta información debe ser verificada por un profesional externo. La mayor parte de esas verificaciones las hacemos los auditores. La propia ley establece que en tres años, esa obligación se bajará a empresas de 250 trabajadores. También hay una sensibilidad importante por parte de entidades que no están obligadas. Entendemos que, con mayor motivo, las Administraciones Públicas deberían ser transparentes en esos comportamientos éticos.

P: ¿Es cara una auditoría? ¿Qué posibilidades tiene una empresa pequeña para demostrar esos comportamientos éticos?

P: Lo caro o barato es relativo. En Italia se ha bajado la obligación de la auditoría de las empresas a los dos millones de facturación, dos millones de activos y diez trabajadores. Se ha hecho en una ley sobre la sostenibilidad de las empresas, para que se reduzca el número de concursos de acreedores para dar más garantías a las transacciones económicas. Suecia rebajó también los límites de la auditoría, pero la autoridad de los auditores, dependiente del Gobierno, hizo un estudio que demostró que los costes para la economía no compensaba el ahorro del gasto que supone no obligar a las empresas a auditar. Básicamente porque se había rebajado la recaudación de impuestos al ser más fácil maquillar las cuentas. Además se constató que los créditos a las empresas se habían encarecido, pues no había fiabilidad en las cuentas. Son ejemplos de que una auditoría no es una carga administrativa. Hacen una labor preventiva y nuestras recomendaciones son valiosas para la gestión de la propia compañía.

P: Tribunal de Cuentas, Sindicatura, Oficina Antifraude, interventores, Fiscalía… Hay muchos organismos, algunos de los cuales compiten entre ellos, cuando al final las administraciones no están obligadas a ser auditadas. Parece un desbarajuste.

R: Cada organismo tiene su función. Los interventores hacen una función previa a cualquier tipo de operación económica y son responsables de esas cuentas. Por el contrario, los OCEX actúan posteriormente y hacen una función similar a la que hacemos los auditores en las empresas privadas. Los auditores deben verificar la razonabilidad, no damos una seguridad total, sino razonable, determinamos si las cuentas reflejan una imagen fiel. La seguridad total la podemos hacer cuando se nos pide, es otro tipo de encargo, es lo que llamamos trabajo de forensia. Cuando una empresa detecta un fraude determinado que quiere investigar, puede llamar a los auditores, que miran con otra intensidad ese problema. Si hay un desvío de 2.000 euros en una empresa que factura 10 millones, el auditor no cuestionará las cuentas. En cambio la Sindicatura sí debe ceñirse a esa exactitud. La Oficina Antifraude trabaja en base a denuncias e indicios razonables de delito.