El director de la Oficina Antifraude de Cataluña, Miguel Ángel Gimeno / EFE

El director de la Oficina Antifraude de Cataluña, Miguel Ángel Gimeno / EFE

Política

Antifraude lleva al Govern ante el juez para proteger a denunciantes de la corrupción

La OAC presenta un recurso ante el TSJC contra el órgano de transparencia de la Generalitat para blindar a sus testigos, en ausencia de leyes estatales y autonómicas que protejan a los informantes

16 febrero, 2019 00:00

La Oficina Antifraude de Cataluña (OAC) se ha visto obligada a acudir a la Justicia ante las presiones ejercidas por la Generalitat, que insta a este organismo encargado de prevenir e investigar el fraude en las administraciones catalanas, a informar a un particular de determinados datos que pueden perjudicar al denunciante de un supuesto caso de corrupción. El conflicto tiene como trasfondo la inexistencia de normas que blinden a los alertadores de posibles represalias. A nivel español, la ley impulsada por la Plataforma por la Honestidad permanece bloqueada desde hace tres años. En el Parlament, la andadura de dos proyectos sobre esta materia acaba de comenzar.

Así, la OAC ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña contra la resolución de la Comisión de Garantía del Derecho de Acceso a la Información Pública (GAIP) en la que se reconoce el derecho de una persona a acceder a la investigación abierta en esa oficina en la que aparece implicada. El caso concierne a un importante ayuntamiento del área metropolitana de Barcelona. La reclamación de este particular se remonta a julio de 2018. Desde entonces, la OAC ha insistido en la necesidad de proteger, tanto el secreto de las diligencias, que no han concluido, como a los informantes, testigos y denunciantes que han intervenido en la investigación. En este sentido, el reclamante precisó que no era necesario desvelar la identidad de los mismos, pero la Oficina alega que anonimizar esos datos no es suficiente, pues se podrían averiguar por el contexto del expediente.

Las normas de la OAC son muy estrictas

GAIP es un órgano independiente, nombrado por el Parlament –sus miembros son elegidos por mayoría de tres quintas partes--, ante la cual puede presentar una reclamación gratuitamente si cualquier administración pública catalana no ha atendido de manera satisfactoria la solicitud de acceso a la información pública que le ha dirigido. Depende de la Consejería de Asuntos y Relaciones Institucionales y Transparencia de la Generalitat.

Corrupción: Caso Gürtel, Acuamed y UGT / CG

Corrupción: Caso Gürtel, Acuamed y UGT / CG

Corrupción: Caso Gürtel, Acuamed y UGT / CG

La Ley de la Oficina Antifraude es muy estricta en materia de protección de sus diligencias. Así los establece en sus artículos 18 y 19, donde se explica que las actuaciones deben ser tramitadas “asegurando en todo caso la reserva máxima para evitar perjuicios a la persona o la entidad investigadas y como salvaguarda de la eficacia del procedimiento jurisdiccional o administrativo que pueda iniciar a consecuencia de dichas actuaciones”.

Denunciantes e informantes

Los miembros de la OAC, añade, “están sujetos al deber de secreto, que perdura también después que cesen en el cargo. El incumplimiento de este deber da lugar a la apertura de una investigación interna y la incoación, en su caso, del correspondiente expediente disciplinario”.

Pero es en las normas de actuación y de régimen interior de la OAC donde más explícitamente se hace referencia a la necesidad de proteger a la persona denunciante o informante. Así, en su artículo 25 indica que la Oficina debe proporcionar asistencia y asesoramiento a la persona denunciante o informante de buena fe”.

Pedro Arancón, portavoz de Plataforma por la Honestidad, en una intervención en el Congreso / CG

Pedro Arancón, portavoz de Plataforma por la Honestidad, en una intervención en el Congreso / CG

Pedro Arancón, presidente de Plataforma por la Honestidad, en una intervención en el Congreso / CG

Por ello, si esta entidad “tiene conocimiento de que una persona denunciante o informante ha sido objeto, directa o indirectamente, de actos de intimidación o de represalias, como ser sometida injustificadamente e ilegalmente a destitución, despido o remoción, a postergación de la promoción profesional, a suspensión, traslado, a reasignación o privación de funciones, a expedientes, calificaciones o informes negativos, a pérdida de beneficios que le puedan corresponder o cualquier otra forma de castigo, sanción o discriminación por razón de haber presentado la denuncia o la comunicación, el director o directora de la Oficina debe promover o ejercer ante las autoridades competentes las acciones correctoras o de restablecimiento que sean necesarias”.

"La ley está estancada"

Reforzar esa protección es el objetivo de la Plataforma por la Honestidad, que promueve la aprobación de una ley estatal, actualmente encallada. Pedro Arancón Pastor, presidente de esta entidad, explica a Crónica Global que “desgraciadamente, en el ámbito nacional, la Ley de protección que impulsamos en el Congreso desde la Plataforma durante la precampaña electoral del 26J en 2016 se encuentra totalmente estancada. Aprovecho para transmitir el malestar reinante entre los denunciantes y alertadores de corrupción de nuestro país, quienes tienen la sensación de que simplemente se les ha utilizado para sacar rédito electoral”.

Tampoco con el Gobierno de Pedro Sánchez ha habido avance alguno “y mucho me temo que durante la precampaña de las próximas elecciones generales se nos acerquen de nuevo todos los partidos con el mismo propósito”.

Los ejes del blindaje legal

Arancón advierte a los partidos con representación en el arco parlamentario “que no queremos más fotos; los denunciantes de corrupción de la PxH como Azahara Peralta, Roberto Macías o Jaime González no quieren ni protagonismo ni servir de nuevo como gancho electoral. Sólo queremos que se apruebe de una vez por todas la Ley Integral de protección para los denunciantes de corrupción que impulsamos hace casi tres años en el Congreso, porque es de justicia y porque es deber del Estado proteger los derechos humanos de estas personas que han prestado este gran servicio a la ciudadanía”.

El presidente de esta entidad recuerda que esta medida “es una de las principales medidas de prevención contra la corrupción”. A su juicio, sus ejes básicos deben ser “el blindaje automático del puesto de trabajo del denunciante, tal como sucede en Estados Unidos; la protección jurídica gratuita y con garantías para estas personas; sufragio de los gastos médicos (psicólogos, etc) y la salvaguarda del anonimato”. Asimismo, esta ley “debe amparar tanto a funcionarios como a trabajadores del sector privado y, muy importante, debe ser administrada por un ente externo al aparato del Estado, cuyo responsable no sea elegido ni controlado ni por el poder ejecutivo ni por el poder legislativo, por razones obvias. Esta materia debe ser responsabilidad directa de la sociedad civil, de entidades apartidistas como la Plataforma por la Honestidad u otras asociaciones de similares características.

Las dos leyes catalanas

Por su parte, la tramitación de una norma catalana que regule esta materia acaba de arrancar. El pasado 9 de noviembre, el Parlament dio luz verde a dos proposiciones de ley. Una de ellas fue presentada por Junts per Catalunya, ERC, PSC-Units, Catalunya en Comú-Podem y CUP y tiene como finalidad blindar de forma integral a los alertadores en el ámbito competencial catalán. Ciudadanos presentó su propia iniciativa, una ley de lucha contra la corrrupción y protección de los denunciantes.