Artur Mas, durante la votación de la consulta secesionista

Artur Mas, durante la votación de la consulta secesionista

Política

El Tribunal Superior catalán envía a juicio a Artur Mas por la organización del 9N

El magistrado también ordena la apertura de juicio contra Ortega y Rigau, y desestima la petición de archivo de las defensas

28 junio, 2016 12:24

El magistrado de la sala civil y penal del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que instruye la querella sobre la organización de la consulta secesionista del 9 de noviembre de 2014 ha dictado un auto que da por acabada la instrucción de la causa y mantiene la acusación contra el expresidente Artur Mas, la exconsejera de Educación, Irene Rigau, y la exvicepresidenta Joana Ortega por los presuntos delitos de desobediencia y prevaricación administrativa.

El instructor acuerda dar traslado a las partes para que soliciten la apertura de juicio y presenten los escritos de calificación o soliciten el sobreseimiento de la causa. En paralelo, el Tribunal Supremo mantiene el proceso contra el exconsejero de Presidencia y candidato de CDC al Congreso, Francesc Homs, por los mismos hechos.

El magistrado Joan Manel Abril Campoy desestima la petición de sobreseimiento que habían solicitado las defensas de los investigados. La resolución judicial se produce pocos días después de que los querellados comparecieran en rueda de prensa para pedir el archivo de la causa tras estallar el escándalo del FernándezGate --las conversaciones grabadas entre el ministro del Interior, Jorge Fernández, y el director de la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC), Daniel de Alfonso, al considerar que el proceso judicial es consecuencia de la persecución de un "Estado con matriz franquista".

Hechos probados

En su auto de apertura de juicio, el TSJC explica que Artur Mas "declaró ser el máximo responsable de la iniciativa política" consistente en organizar la consulta "y de haber impulsado el proceso participativo del 9N. Asimismo, refirió haber recibido una comunicación por parte del presidente del Tribunal Constitucional, en la que se le indicaba la suspensión de la convocatoria del 9N y de las actuaciones de preparación de la misma o vinculadas a ella".

Esa comunicación de la orden de suspensión de la convocatoria de la consulta y de las actividades de preparación o vinculadas a la misma "fue recibida en el departamento de Presidencia y también por correo electrónico en el Gabinete jurídico de la Generalitat de Cataluña".

Asimismo, el President de la Generalitat "informó a la consellera Rigau i Oliver y a la consellera Ortega i Alemany de la existencia de la providencia y de la orden de suspensión".

Asimismo, Rigau y Ortega recibieron una comunicación de la delegada del Gobierno en Cataluña, en concreto el 5 de noviembre de 2014, en la que se les indicaba que "adoptar acuerdos como la puesta a disposición de los centros educativos podía contravenir la resolución adoptada por el Tribunal Constitucional, a la par que se recordaba la importancia de no
adoptar acuerdos o llevar a cabo actuaciones contra lo ordenado en la providencia". Pese a ello, Ortega dio luz verde al despliegue informático para llevar a cabo la consulta, mientras que la Consejería de Rigau mantuvo reuniones con responsables de centros escolares para preparar la instalación de urnas.

Con fondos públicos

Pese a ello, la organización siguió adelante. La sala rechaza la versión de los inculpados, según la cual, la responsabilidad de la misma quedó en manos de voluntarios. "De la instrucción ha resultado que la organización, la preparación y el desarrollo de la consulta no se llevó a cabo solo a través de voluntarios, sino que jugaron un papel relevante contratistas privados, que prestaron servicios abonados con recursos financieros públicos, con plena conciencia de la desobediencia a la suspensión ordenada, como lo evidencia la indicación del carácter 'confidencial' o de 'tacto' en la correspondencia electrónica entre la Administración de la Generalitat y los contratistas privados", añade el auto.