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Política

La CE considera ilegal el impuesto medioambiental de la Generalidad a las grandes superficies

Lo considera una "ayuda ilegal" al pequeño y mediano comercio. Avisa de que, si no se cambia la ley, estas "ayudas ilegales" deberían devolverse.

15 enero, 2015 17:34

Nuevo varapalo al modelo comercial que pretende defender la Generalidad. Poco después de que el Tribunal Constitucional suspendiera la ley autonómica catalana de horarios comerciales, por entender que era demasiado "restrictiva" y contravenía la normativa nacional, ahora es la Unión Europea quien ha considerado "ilegal" el impuesto teóricamente medioambiental que la Generalidad aplica a las grandes superficies.

En una comunicación remitida por la Comisión Europea al Gobierno, esta advierte que los impuestos con los que Cataluña y otras cinco Comunidades Autónomas -Navarra, Asturias, Aragón, La Rioja y Canarias- gravan a las grandes superficies comerciales, teóricamente para compensar su impacto negativo sobre el medio ambiente y los costes que generan en la planificación urbana, son en realidad ayudas estatales ilegales encubiertas, por lo que deben suprimirse. La CE tampoco aprecia un beneficio medioambiental en esta tasa.

Bruselas ha emitido esta comunicación en respuesta a un recurso presentado por la patronal española de las grandes superficies ANGED, tras una "evaluación preliminar" de la situación. Y no obliga ahora a suprimir estos impuestos que considera ayudas ilegales, pero sí exige, de forma más o menos sutil, que se eliminen.

En concreto, la Comisión Europea explica que, en caso de que se modifiquen las leyes pertinentes para eliminar estas "ayudas ilegales", no sería necesario abrir una "investigación formal" sobre ellas. También recuerda que, en caso de que se abriera esta investigación y la CE siguiera considerando estos impuestos como ayudas ilegales, España no solo estaría entonces obligada a suprimirlas, sino que debería "recuperarlas" de sus beneficiarios. Unos beneficiarios que la CE considera que son los pequeños y medianos comercios que ahora no están pagando el impuesto que sí pagan las grandes superficies, y que deberían abonar las cantidades no satisfechas en los últimos años.

Los antecedentes

Esta no es la primera vez que Europa cuestiona el modelo comercial que pretende defender la Generalidad. En 2011, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) declaró ilegal la Ley de comercio autonómica, aprobada por el tripartito en 2005, que regulaba el establecimiento de grandes superficies comerciales limitando su presencia, medida y el emplazamiento, con el objetivo de favorecer al comercio local y minorista.

En concreto, el TUE declaró ilegales las disposiciones autonómicas que prohibían la apertura de grandes establecimientos comerciales fuera de la trama urbana consolidada de determinados municipios, así como otras limitaciones, al considerar que "un Estado miembro no puede supeditar la apertura de grandes establecimientos comerciales a consideraciones económicas como por ejemplo su repercusión sobre el comercio minorista existente".

Al año siguiente, en octubre de 2012, el Tribunal Constitucional (TC) suspendió otra ley autonómica muy similar, -esta vez, aprobada por el ejecutivo de CiU- que también prohibía la apertura de grandes superficies fuera de la trama urbana de los municipios de más de 50.000 habitantes. El TC consideró que esta normativa introducía "barreras de acceso al ejercicio de la actividad comercial".