Encapuchados queman una bandera de la UE y otra de España durante la Diada de 2012, mientras dos jóvenes independentistas muestran las fotografías de dos etarras condenadas por terrorismo

Encapuchados queman una bandera de la UE y otra de España durante la Diada de 2012, mientras dos jóvenes independentistas muestran las fotografías de dos etarras condenadas por terrorismo

Política

Absueltos de enaltecer el terrorismo dos independentistas catalanes que exhibieron fotos de etarras en la Diada de 2012

El Tribunal Supremo revoca la sentencia de un año de cárcel que había impuesto la Audiencia Nacional. Alega que, al no haber palabras de elogio hacia los actos cometidos por las terroristas, no es una conducta inequívoca de enaltecimiento del terrorismo, por lo que debe prevalecer la libertad de expresión.

26 diciembre, 2014 20:14

El Tribunal Supremo (TS) ha absuelto del delito de enaltecimiento del terrorismo a dos jóvenes independentistas catalanes que exhibieron fotografías de dos etarras durante una manfiestación en Barcelona con motivo de la Diada de 2012; unos hechos por los que cada uno de ellos había sido condenado a un año de cárcel y siete de inhabilitación absoluta por la Audiencia Nacional en marzo pasado.

La sentencia de la Sala de lo Penal del TS considera que la acción de los independentistas no supone con total claridad un enaltecimiento del terrorismo, por lo que, en ese caso, debe prevalecer el derecho a la libertad de expresión.

Quema de una bandera de España y otra de la Unión Europea

Los hechos se produjeron al final de una manifestación de la izquierda radical independentista, cuando los jóvenes absueltos, Ferran Blasi García y Gregori Saavedra Martínez -miembros de una agrupación de 'bastoners' del barrio barcelonés de Gracia-, subieron al escenario habilitado en el Fossar de les Moreres mostrando fotografías de Dolores López Resina y María Bernardo Bonada -condenadas por su pertenencia a la organización terrorista ETA- con la inscripción "presas políticas catalanas".

Mientras tanto, un grupo de encapuchados quemó una bandera de España y otra de la Unión Europea. Todo ello estaba presidido por una gran estelada y por la música de Els Segadors.

Alegan que solo pretendían denunciar la dispersión de los presos

Blasi y Saavedra alegaron que ni las imágenes ni los eslóganes mostrados reflejaban una exaltación del terrorismo, y que únicamente pretendían denunciar la política de dispersión de los presos.

La sentencia -de la que ha sido ponente el magistrado Carlos Granados Pérez- llega a la siguente conclusión:

"Tales conductas podría decirse que están teñidas de una ambigüedad que las sitúa en el límite externo de lo punible, pero difícilmente podría afirmarse, atendido el criterio restrictivo con el que debe considerarse una conducta delictiva cuando está en tensión con el derecho a la libertad de expresión, que en el relato fáctico se describen conductas inequívocas de enaltecimiento o justificación de crímenes terroristas o de sus autores mediante acto o palabras de elogio, alabanza o mérito o considerar como legítimos los actos condenados como terroristas, cuando, como viene declarando esta Sala, ante la naturaleza constitucional de los derechos de libertad de expresión, en los supuestos límites, debe jugar el principio favor libertatis".