Política
"La nueva ley de consultas persigue, tanto al menos como regular consultas populares, edificar un marco legal ad-hoc, que ampare la convocatoria del 9-N, diseñada mucho antes; dotar de aparente respaldo normativo a un formato concreto, el de las capciosas preguntas concatenadas formuladas el 12 de diciembre pasado. La secuencia funciona así: primero los hechos consumados; luego su revestimiento legal, incluso forzado"
Xavier Vidal-Folch, periodista, en un artículo publicado este sábado en El País:
"Aunque la ley de consultas aprobada ayer [por el viernes] fuese estatutaria y constitucional, entraña un atajo torticero para sortear ¡la propia legislación catalana vigente! Ya existe una ley de consultas referendarias en vigor, la 4/2010. Fue recurrida al Tribunal Constitucional (TC); suspendida cinco meses al admitirla este a trámite (art. 161 de la Constitución); y transcurrida esa cuarentena, el TC no la invalidó. Está vigente. Ocurre que, con mejor rigor jurídico, remite al fin la convocatoria del voto (art. 13) al Gobierno (arts. 92 y 149 de la Constitución). Es lo que dribla el Parlament: su propia legislación (de apenas cuatro años), lo que tiñe a nuestra venerable institución de caprichoso desapego a la coherencia.
La nueva ley persigue, tanto al menos como regular consultas populares, edificar un marco legal ad-hoc, que ampare la convocatoria del 9-N, diseñada mucho antes; dotar de aparente respaldo normativo a un formato concreto, el de las capciosas preguntas concatenadas formuladas el 12 de diciembre pasado.
Esa tara, descarnada en el debate político, deja también trazas en la evolución del propio texto. La proposición inicial (6 de mayo de 2013) contemplaba que la consulta versaría sobre 'una o más preguntas' y sobre 'propuestas alternativas' (art. 8). Pero su versión final añadía: 'se pueden formular consultas sobre diferentes propuestas sucesivas' (art. 11.3). Y es que entre primavera de 2013 y verano de 2014 se interpuso el invernal 12 de diciembre, cuando se pactó el infausto formato encadenado.
La secuencia funciona así: primero los hechos consumados; luego su revestimiento legal, incluso forzado".